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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2008


Por resolución exenta N° 155, de 11 de enero de 2008, de esta Subsecretaría, reconócese la participación conjunta de los armadores que a continuación se indica, en la unidad de pesquería de Jurel en el área marítima correspondiente a la XIV y X Regiones, individualizada en el artículo 2° letra d) de la ley 19.713, para ejercer el límite máximo de captura establecido por decreto exento N° 1.789 de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, a partir de la fecha de la presente resolución y hasta el 31 de diciembre de 2008:
PESQUERA SAN JOSÉ S.A., SOUTHPACIFIC KORP S.A., CORPESCA S.A., FOODCORP S.A., FRIOSUR IX S.A., SOCIEDAD PESQUERA GENMAR LIMITADA y PESQUERA BERTA ELENA LIMITADA.
La opción ejercida por el grupo de armadores antes indicados es irrevocable durante el presente año calendario.
Valparaíso, 11 de enero de 2008.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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