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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2008


Por resolución N° 148, de 11 de enero de 2008, de esta Subsecretaría, reconócese la participación conjunta de los armadores que a continuación se indican, en la unidad de pesquería Merluza común, en el área marítima comprendida entre el límite norte de la IV Región y el paralelo 41°28,6‘ L.S., individualizada en la letra m) del artículo 2° de la ley 19.173, para ejercer el límite máximo de captura establecido por decreto exento N° 1.789 de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, a partir de la fecha de la presente resolución y hasta el 31 de diciembre de 2008:
PESQUERA EL GOLFO S.A., PESCA CHILE S.A., PESQUERA ITATA S.A., PESQUERA BÍO BÍO S.A., SOCIEDAD PESQUERA VIENTO SUR S.A., AQUAFISH S.A., FRIOSUR VII S.A., FRIOSUR VIII S.A., FRIOSUR IX S.A., FRIOSUR X S.A. y PESQUERA COSTA AFUERA S.A.
La opción ejercida por el grupo de armadores antes indicados es irrevocable durante el presente año calendario.
Valparaíso, 11 de enero de 2008.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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