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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2008


SUBSECRETARÍA DE PESCA
(Extractos)
Por resolución N° 145, de 11 de enero de 2008, de esta Subsecretaría, reconócese la participación conjunta de los armadores que a continuación se indican, en la unidad de pesquería de Merluza de cola Macruronus magellanicus, en el área marítima comprendida entre el límite norte de la V Región y el límite sur de la X Región, individualizada en la letra f) del artículo 2° de la ley 19.713, para ejercer el límite máximo de captura establecido por decreto exento N° 1.789 de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, a partir de la fecha de la presente resolución y hasta el 31 de diciembre de 2008:
FRIOSUR VIII S.A., FRIOSUR IX S.A., FRIOSUR X S.A., FRIOSUR VII S.A., FOODCORP S.A. y PESQUERA PACÍFICO SUR S.A.
La opción ejercida por el grupo de armadores antes indicados es irrevocable durante el presente año calendario.
Valparaíso, 11 de enero de 2008.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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