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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2008


SUBSECRETARÍA DE PESCA
(Extracto)
Por resolución exenta N° 287, de 22 de enero de 2008, de esta Subsecretaría, reconócese la participación conjunta de los armadores que a continuación se indica, en la unidad de pesquería de Merluza común, en el área marítima comprendida entre el límite norte de la IV Región y el paralelo 41° 28,6 L.S., individualizada en la letra m) del artículo 2° de la ley N° 19.713, y sus modificaciones posteriores, para ejercer el límite máximo de captura por armador establecido en el decreto exento N° 1.789 de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, a partir de la fecha de la presente Resolución y hasta el 31 de diciembre de 2008:
SOCIEDAD PESQUERA GENMAR LIMITADA y PELANTARO BASILIO INOSTROZA CONCHA
La opción ejercida por el grupo de armadores antes indicado es irrevocable durante el presente año calendario.
Valparaíso, 22 de enero de 2008.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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