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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2008


Por resolución exenta N° 897, de 9 de abril de 2008, de esta Subsecretaría, declárase la caducidad parcial de la resolución N° 2.271 de 2007, de esta Subsecertaría, sólo en cuanto autorizó a PESCA CHILE S.A., RUT para realizar actividades pesqueras extractivas, por fuera del área de reserva artesanal, con arrastre, con una nave en construcción, en el área marítima comprendida entre la XV a I Regiones, en el área marítima comprendida entre los paralelos 37° y 47° L.S. y en el área marítima de las Islas Oceánicas (Archipiélago de Juan Fernández, Isla de Pascua, Isla Sala y Gómez e Islas Desventuradas), sobre el recurso Alfonsino, en el área marítima comprendida entre el paralelo 37° L.S. y el límite sur de la X Región, sobre el recurso Besugo, y en el área marítima comprendida entre los paralelos 37° y 41°28,6‘ L.S. sobre el recurso Raya volantín, en virtud de lo dispuesto en el artículo 143 letra b) de la Ley General de Pesca y Acuicultura y lo informado mediante informe técnico citados en Visto.
Valparaíso, 9 de abril de 2008.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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