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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2008


Por resolución exenta N° 1.221, de 14 de mayo de 2008, de esta Subsecretaría, otórgase a SOCIEDAD DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS DEL MAR LIMITADA un permiso extraordinario de pesca para la unidad de pesquería del recurso Langostino amarillo, fijada en el artículo 1° del D.S. N° 787, de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Este permiso extraordinario tendrá vigencia para los años 2008 a 2017, ambos inclusive, y faculta a su titular para pescar anualmente el 0,3% fijo de la cuota global anual de captura que se establezca.
El titular deberá pagar, en las fechas que a continuación se indican, los montos en dinero expresados en UTM que se señalan:
Diciembre 200818,00 UTMDiciembre 201318,00 UTM
Diciembre 200918,00 UTMDiciembre 201418,00 UTM
Diciembre 201018,00 UTMDiciembre 201518,00 UTM
Diciembre 201118,00 UTMDiciembre 201618,00 UTM
Diciembre 201218,00 UTM

Valparaíso, 14 de mayo de 2008.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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