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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2008


Por resolución exenta N° 1.222, de 14 de mayo de 2008, de esta Subsecretaría, otórgase a INVERSIONES Y ALIMENTOS INTERMARK LIMITADA, un permiso extraordinario de pesca para la unidad de pesquería del recurso Langostino amarillo, fijada en el artículo 1° del D.S. N° 787, de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Este permiso extraordinario tendrá vigencia para los años 2008 a 2017, ambos inclusive, y faculta a su titular para pescar anualmente el 0,45% fijo de la cuota global anual de captura que se establezca.
El titular deberá pagar en las fechas que a continuación se indican, los montos en dinero expresados en UTM que se señalan:
Diciembre 200827,00 UTM
Diciembre 200927,00 UTM
Diciembre 201027,00 UTM
Diciembre 201127,00 UTM
Diciembre 201227,00 UTM
Diciembre 201327,00 UTM
Diciembre 201427,00 UTM
Diciembre 201527,00 UTM
Diciembre 201627,00 UTM

Valparaíso, 14 de mayo de 2008.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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