Por resolución exenta N° 2.213, de 21 de agosto de 2008, de esta Subsecretaría, la nómina de armadores y embarcaciones que cumplen con los requisitos legales para operar en la unidad de pesquería de Raya, declarada en estado de plena explotación y sometida a dicho régimen de administración, en el área marítima comprendida entre el límite norte de la VIII Región y el paralelo 41° 28,6’ L.S., en el área señalada en sus respectivas autorizaciones, al 30 de junio de 2008, es la siguiente:
ARMADOR | NAVE |
BIO BIO S.A. PESQ. | BIOMAR IV |
FRIOSUR IX S.A. | FRIOSUR IX |
PESCA CHILE S.A. | COTE SAINT JACQUES |
Valparaíso, 21 de agosto de 2008.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.