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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2008


Subsecretaría de Pesca
(Resoluciones)
RECTIFICA RESOLUCIÓN N° 3.092 EXENTA, DE 2008
Núm. 3.175 exenta.- Valparaíso, 9 de diciembre de 2008.- Visto: Lo informado por el Departamento de Análisis Sectorial de la Subsecretaría de Pesca en Memorándum Técnico (DAS) N° 261/2008, de fecha 28 de noviembre de 2008; lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política del Estado; el D.F.L. N° 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las Leyes N° 19.713, N° 19.822, N° 19.849 y N° 20.175; los D.S. N° 545 de 1998, N° 409 de 2000, N° 11 de 2003 y N° 296 de 2004, y los Decretos Exentos N° 240 de 2006, N° 1787 y N° 1788, ambos de 2007, y N° 115, N° 310, N° 311 y N° 471, todos de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la Resolución N° 1600 de 2008, de la Contraloría General de la República; la Resolución Exenta N° 3092 de 2008, de esta Subsecretaría,
Resuelvo:
1°.- Rectifícase la resolución exenta N° 3.092, de 2008, de esta Subsecretaría de Pesca que modificó la distribución de la fracción artesanal de la cuota global anual de captura de Anchoveta Engraulis ringens, Sardina común Strangomera bentincki y Jurel Trachurus murphyi correspondiente al área marítima de la XIV Región, antes denominada Área Norte de la X Región, sometida al Régimen Artesanal de Extracción por organizaciones de pescadores artesanales, en el sentido de indicar que la asignación del recursos Sardina común para el Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores Artesanales y Armadores Cerqueros de Valdivia, Registro Sindical único 10.02.0409, es la que se indica a continuación, y no como allí se señala:

Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- Por cuenta de esta Subsecretaría.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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