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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2008


SUBSECRETARÍA DE PESCA
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 69 EXENTA, DE 2008
(Resolución)
Núm. 3.249 exenta.- Valparaíso, 12 de diciembre de 2008.- Visto: Lo informado por la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca en memorando técnico (R. Pesq.) N° 081/2008, de fecha 5 de noviembre de 2008; el DFL N° 5, de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el DS N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes N° 19.713, N° 19.822, N° 19.849, N° 19.880; el DS N° 11, de 2003, y los decretos exentos N° 114, N° 392, N° 1.306, N° 1.564, todos de 2005; N° 36, N° 242, N° 274, N° 701, N° 1.035, todos de 2006; N° 934, N° 1.687 y N° 1.785, todos de 2007; N° 1.205 y N° 1.647, ambos de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las resoluciones exentas N° 69, N° 1.346, N° 1.613, N° 2.350 y N° 2.443, todas de 2008, de esta Subsecretaría de Pesca.
Considerando:
Que la pesquería artesanal de Merluza del sur Merluccius australis, correspondiente a la XI Región, se encuentra sometida al Régimen Artesanal de Extracción por organizaciones de pescadores artesanales, de conformidad con lo dispuesto en el decreto exento N° 114, de 2005, modificado mediante decretos exentos N° 392 y N° 1.306, de 2005; N° 36, N° 242, N° 274, N° 701, N° 1.035, de 2006; N° 934 y N° 1.687, de 2007, y N° 1.205, de 2008, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Que mediante decreto exento N° 1.647, de 2008, se modificó el Régimen Artesanal de Extracción antes señalado, incorporando una nueva organización de pescadores artesanales.
Que conforme lo anterior, corresponde modificar la resolución exenta N° 69, de 2008, modificada mediante resoluciones exentas N° 1.346, N° 1.613, N° 2.350 y N° 2.443, todas de 2008, de esta Subsecretaría de Pesca, que estableció la distribución de la fracción artesanal de la pesquería de Merluza del sur de la XI Región, sometida al mencionado régimen de administración,
Resuelvo:
1.- Modifícase la resolución N° 69, de 2008, modificada mediante resoluciones exentas N° 1.346, N° 1.613, N° 2.350 y N° 2.443, todas de 2008, de esta Subsecretaría de Pesca, en el sentido que a continuación se indica:
a) Incorporar a la Flota Sur 1 - Aycon Consultores S.A., al Sindicato de Trabajadores Independientes Bahiamar, Registro Sindical único 11.02.0106, con la siguiente asignación de capturas:
Flota Sur 1Flota SurRegistroCoeficienteCuota (kilos)
STI BahiamarRSU
11.02.0106
0,0090941995188
b) Reemplazar la asignación efectuada a los pescadores artesanales no asociados, pertenecientes a la Flota Sur 1 - Aycon Consultores S.A., por la siguiente:
Flota Sur 1Flota SurCoeficienteCuota
(kilos)
No asociados0,001614454921
c) Las cuotas señaladas en las letras a) y b) precedentes se imputarán a la cuota de captura de Merluza del sur establecida para el área de aguas interiores, mediante decreto exento N° 1.785, de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, asignada a la XI Región.
2.- La presente resolución podrá ser impugnada mediante la interposición del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la ley 19.880, ante esta misma Subsecretaría y dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la respectiva notificación, sin perjuicio de la aclaración del acto dispuesta en el artículo 62 del citado cuerpo legal y de las demás acciones y recursos que correspondan de acuerdo con la normativa vigente.
Anótese, comuníquese y publíquese por cuenta de esta Subsecretaría de Pesca.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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