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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2009


SUBSECRETARÍA DE PESCA
(Extractos)
Por resolución exenta N° 17, de 7 de enero de 2009 de esta Subsecretaría, reconócese la participación conjunta de los armadores que a continuación se indican en la unidad de pesquería de Merluza común, en el área marítima comprendida entre el límite norte de la IV Región y el paralelo 41° 28,6 L.S., individualizada en la letra m) del artículo 2° de la ley N° 19.713, y sus modificaciones posteriores, para ejercer el límite máximo de captura por armador establecido en el Decreto Exento N° 1677 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, a partir de la fecha de la presente Resolución y hasta el 31 de diciembre del 2009:
SOCIEDAD PESQUERA GENMAR LIMITADA Y PELANTARO BASILIO INOSTROZA CONCHA.
La opción ejercida por el grupo de armadores antes indicados es irrevocable durante el presente año calendario.
Valparaíso, 7 de enero de 2009.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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