GobiernoTransparente

MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2009


Por resolución exenta N° 127, de 12 de enero de 2009, de esta Subsecretaría, reconócese la participación conjunta de los armadores que a continuación se indica, en la unidad de pesquería de Merluza de cola en el área marítima de la V a la X Regiones, individualizada en la letra f) del artículo 2° de la ley 19.713, para ejercer el límite máximo de captura establecido por decreto exento N° 1.677 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, a partir de la fecha de la presente resolución y hasta el 31 de diciembre del 2009:
ALIMENTOS MARINOS S.A., SOCIEDAD PESQUERA SAN ANTONIO S.A., PESQUERA ISLA QUIHUA S.A., PESQUERA MAR PROFUNDO S.A.
La opción ejercida por el grupo de armadores antes indicados es irrevocable durante el presente año calendario.
Valparaíso, 12 de enero de 2009.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




VolverTamaño de Fuente