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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2009


Por resolución exenta N° 131, de 12 de enero de 2009, de esta Subsecretaría, reconócese la participación conjunta de los armadores que a continuación se indica, en la unidad de pesquería Merluza común en el área marítima comprendida entre el límite norte de la IV Región y el paralelo 41°28,6 L.S., individualizada en la letra m) del artículo 2° de la ley 19.713, para ejercer el límite máximo de captura establecido por decreto exento N° 1.677 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, a partir de la fecha de la presente resolución y hasta el 31 de diciembre del 2009:
ALIMENTOS MARINOS S.A., MARCELINO GONZÁLEZ RIVERA, SOCIEDAD PESQUERA LEUCOTÓN LTDA., MARCELINO GONZÁLEZ SILVA, SOCIEDAD PESQUERA LANDES S.A., PESQUERA SAN JOSÉ S.A.
La opción ejercida por el grupo de armadores antes indicados es irrevocable durante el presente año calendario.
Valparaíso, 12 de enero de 2009.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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