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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2009


Por resolución exenta N° 121, de 12 de enero de 2009, de esta Subsecretaría, reconócese la participación conjunta de los armadores que a continuación se indican en la unidad de pesquería Merluza común en el área marítima comprendida entre el límite norte de la IV Región y el paralelo 41°28,6 L.S., individualizada en la letra m) del artículo 2° de la ley 19.713, para ejercer el límite máximo de captura establecido por decreto exento N° 1.677 de 2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción a partir de la fecha de la presente resolución y hasta el 31 de diciembre del 2009:
PESQUERA EL GOLFO S.A., PESCA CHILE S.A., PESQUERA ITATA S.A., PESQUERA BÍO BÍO S.A., SOCIEDAD PESQUERA VIENTO SUR S.A., AQUAFISH S.A., PESQUERA PACÍFICO SUR S.A., FRIOSUR IX S.A., FRIOSUR X S.A., PESQUERA SUR AUSTRAL S.A.
La opción ejercida por el grupo de armadores antes indicados es irrevocable durante el presente año calendario.
Valparaíso, 12 de enero de 2009.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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