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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2009


Por resolución exenta N° 1.050, de 19 marzo de 2009, de esta Subsecretaría, autorízase a PESQUERA BÍO BÍO S.A. para sustituir las naves Hilmir y María Bernardita, por dos naves, la segunda de las cuales es una nave en construcción, cuyas características náuticas son las siguientes:
Eslora de arqueo39,45 m.
T.R.G.398,00
Capacidad de bodega443,31 m3
Manga8,60 m.
Potencia total531,00 hp.
Arte de pescaCerco y Arrastre de media agua

Fíjase como zona de operación de la nave reemplazante, individualizada precedentemente, el área marítima que a continuación se indica, donde podrá capturar, con los artes de pesca que en cada caso se indica, los siguientes recursos hidrobiológicos: a) En el área marítima de la V a VII Regiones, y en la IX Región, por fuera del área de reserva artesanal, con cerco: Jurel; b) En el área marítima comprendida entre el límite norte de la XIV Región y el paralelo 43° L.S., por fuera del área de reserva artesanal, con cerco: Jurel; c) En el área marítima de la V a VII Regiones, y de la IX a X Regiones, por fuera del área de reserva artesanal, con cerco: Anchoveta y Sardina común; d) En el área marítima de la V a VII Regiones, y entre el límite norte de la IX Región y el paralelo 43° L.S., por fuera del área de reserva artesanal, con cerco: Merluza de cola; e) En el área marítima de la V a VII Regiones, y en la IX Región, por fuera de las 60 millas marinas, con arrastre de media agua: Jurel; f) En el área marítima comprendida entre el límite norte de la XIV Región y el paralelo 43° L.S., por fuera de las 60 millas marinas, con arrastre de media agua: Jurel; h) en el área marítima de la V a VII Regiones, y de la IX a X Regiones, por fuera de las 60 millas marinas, con arrastre de media agua: Anchoveta y Sardina común; h) En el área marítima de la V a VII Regiones, y entre el límite norte de la IX Región y el paralelo 43° L.S., por fuera de las 60 millas marinas, con arrastre de media agua: Merluza de cola.
Déjanse sin efecto las resoluciones exentas N° 2.459, N° 2.829, N° 3.277, N° 3.278, todas de 2007, N° 685, N° 705, N° 1.699 y N° 1.703, todas de 2008, de esta Subsecretaría, que autorizaron a Pesquera Bío Bío S.A. para desarrollar actividades pesqueras extractivas con las naves Hilmir y María Bernardita.
Valparaíso, 19 de marzo de 2009.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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