Por resolución exenta N° 1.127, de 25 de marzo de 2009, de esta Subsecretaría, otórgase a ANTARTIC SEAFOOD S.A. un permiso extraordinario de pesca para la unidad de pesquería del recurso Langostino amarillo, fijada en el artículo 1° del D.S. N° 787 de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Este permiso extraordinario tendrá vigencia para los años 2009 a 2015, ambos inclusive, y faculta a su titular para pescar anualmente el 0,67% fijo de la cuota global anual de captura que se establezca.
El titular deberá pagar en las fechas que a continuación se indican, los montos en dinero expresados en UTM que se señalan:
Diciembre 2009 | 0,94 UTM |
Diciembre 2010 | 0,94 UTM |
Diciembre 2011 | 0,94 UTM |
Diciembre 2012 | 0,94 UTM |
Diciembre 2013 | 0,94 UTM |
Diciembre 2014 | 0,94 UTM |
Deja sin efecto resolución N° 2.020 de 2006, de esta Subsecretaría.
Valparaíso, 25 de marzo de 2009.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.