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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2009


MODIFICA RESOLUCIÓN N°510 EXENTA, DE 2009, QUE ESTABLECIÓ DISTRIBUCIÓN DE LA FRACCIÓN ARTESANAL DE PESQUERÍA DE ANCHOVETA, SARDINA COMúN Y JUREL EN LA XIV REGIÓN
Núm. 1.253 exenta.- Valparaíso, 7 de abril de 2009.- Visto: Lo informado por el Departamento de Análisis Sectorial de la Subsecretaría de Pesca en Memorándum Técnico (DAS) N°17/09, de fecha 31 de marzo de 2009; lo dispuesto en el artículo 32 N°6 de la Constitución Política del Estado; el D.F.L. N°5, de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N°18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. N°430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes N°19.713, N°19.822, N°19.849 y N°20.175; los D.S. N°545, de 1998; N°409, de 2000; N°11, de 2003, y N°296, de 2004, y los decretos exentos N°240, de 2006; N°115 y N°1.675, ambos de 2008; N°575, de 2009, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la resolución N°1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; la resolución exenta N°510, de 2009, de esta Subsecretaría.
Considerando:
Que mediante resolución exenta N°510, de 2009, esta Subsecretaría estableció la distribución de la fracción artesanal de las pesquerías artesanales de Anchoveta, Sardina común y Jurel en la XIV Región.
Que mediante decreto exento N°575, de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se modificó la cuota global anual de captura para la unidad de pesquería de Sardina común V-X Regiones, establecida mediante decreto exento N°1.675, de 2008, del mismo Ministerio.
Que conforme lo anterior, corresponde distribuir la fracción artesanal de la cuota global anual de captura de Sardina común entre las organizaciones de pescadores artesanales de la XIV Región sometidas al Régimen Artesanal de Extracción en las respectivas especies.
Resuelvo:
1°.- Modifíquese el numeral 1° letra B) de la resolución exenta N°510, de 2009, de esta Subsecretaría, que distribuye la fracción artesanal de pesquería de Anchoveta, Sardina común y Jurel en la XIV Región, sometida al Régimen Artesanal de Extracción por unidad de asignación organizaciones de pescadores artesanales, para el período comprendido entre la fecha de entrada en vigencia de la resolución antes indicada y el 31 de diciembre de 2009, en el sentido de reemplazar las asignaciones del recurso Sardina común Clupea bentincki para las organizaciones de pescadores artesanales por las siguientes:
B) Pesquería artesanal de Sardina común
OrganizaciónEne-AbrMay-AgoSep-DicTotal
Asociación de Armadores Cerqueros de Valdivia 15.3901.81190518.106
ACERVAL A.G. Registro de Asociaciones Gremiales 207-10
Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores 36.3854.2812.14142.807
Artesanales y Armadores Cerqueros de Valdivia,
Registro Sindical único 10.02.0409
Asociación Gremial de Armadores Cerqueros de la Región de 6.8108014018.012
Los Ríos - ACER A.G., Registro de Asociación Gremial 3793
Sindicato de Pescadores y Armadores Artesanales Cerqueros de0000
Valdivia, Registro Sindical único 10.02.0381
Cuota Residual1.416166831.665

Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial por cuenta de esta Subsecretaría.- María Ángela Barbieri Bellolio, Subsecretaria de Pesca (S).




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