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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2009


MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1 EXENTA, DE 2009
Núm. 1.552 exenta.- Valparaíso, 27 de abril de 2009.- Visto: Lo informado por la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca en Memorando Técnico (R.PESQ.) N° 52/2009 de fecha 24 de abril de 2009, el D.F.L. N° 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes N° 19.713, N° 19.822, N° 19.849, N° 19.880; el D.S. N° 296 de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que aprobó el Reglamento del Régimen Artesanal de Extracción establecido en el artículo 48A de la Ley General de Pesca y Acuicultura; el D.S. N° 11 de 2003 y los decretos exentos N° 114, N° 392, N° 1306, N° 1564, de 2005; N° 36, N° 242, N° 274, N° 701, N° 1035, de 2006, N° 934, N° 1687, de 2007, N° 1205, N° 1647, N°1675, de 2008, N° 574 de 2009, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las resoluciones exentas N° 01, N° 1207 y N° 1274, todas de 2009, de esta Subsecretaría de Pesca.
Resuelvo:
1.- Modificase la resolución N° 01 de 2009, modificada mediante resoluciones exentas N° 1207 y N° 1274, ambas de 2009, de esta Subsecretaría de Pesca, en el sentido que a continuación se indica:
a) Incrementar la cuota autorizada para el período septiembre a diciembre en 319,765 toneladas de Merluza del sur, las que se subdividirán en fracciones mensuales expresadas en kilos, de la siguiente manera:

b) Las cuotas señaladas se imputarán a la cuota de captura de Merluza del sur establecida para el área de aguas interiores, mediante decreto exento N° 1675 de 2008, del Ministerio de Economia, Fomento y Reconstrucción, asignada a la XI Región.
2.- La presente resolución podrá ser impugnada mediante la interposición del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la ley 19.880, ante esta misma Subsecretaría y dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la respectiva notificación, sin perjuicio de la aclaración del acto dispuesta en el artículo 62 del citado cuerpo legal y de las demás acciones y recursos que correspondan de acuerdo con la normativa vigente.
Anótese, comuníquese y publíquese por cuenta de esta Subsecretaría de Pesca.- María Ángela Barbieri Bellolio, Subsecretaria de Pesca (S).




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