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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2009


SUBSECRETARÍA DE PESCA
(Extracto)
Por resolución exenta N° 1.389, de 20 de abril de 2009, de esta Subsecretaría, otórgase a SOCIEDAD DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS DEL MAR LIMITADA, Distrimar Limitada, un permiso extraordinario de pesca para la unidad de pesquería del recurso Langostino amarillo, fijada en el artículo 1° del D.S. N° 787 de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Este permiso extraordinario tendrá vigencia para los años 2009 a 2018, ambos inclusive, y faculta a su titular para pescar anualmente el 0,33% fijo de la cuota global anual de captura que se establezca. El titular deberá pagar en las fechas que a continuación se indican, los montos en dinero expresados en UTM que se señalan:
Diciembre 2009 19,80 UTM Diciembre 2014 19,80 UTM
Diciembre 2010 19,80 UTM Diciembre 2015 19,80 UTM
Diciembre 2011 19,80 UTM Diciembre 2016 19,80 UTM
Diciembre 2012 19,80 UTM Diciembre 2017 19,80 UTM
Diciembre 2013 19,80 UTM.
Valparaíso, 20 de abril de 2009.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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