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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2009


Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
SUBSECRETARÍA DE PESCA
(Resoluciones)
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 2.911 EXENTA, DE 2009, QUE ESTABLECIÓ LA DISTRIBUCIÓN DE LA FRACCIÓN ARTESANAL DE PESQUERÍA DE MERLUZA COMúN POR ORGANIZACIONES EN REGIONES QUE INDICA
Núm. 3.329 exenta.- Valparaíso, 6 de octubre de 2009.- Visto: Lo informado por la División de Administración Pesquera de esta Subsecretaría en Memorándum Técnico (R.Pesq.) N° 096/2009 de fecha 5 de octubre de 2009; lo dispuesto en el DFL N° 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el DS N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes N°19.713, N° 19.822 y N° 19.849; el DS N° 296 de 2004; los decretos exentos N° 154 y N° 366, ambos de 2003, N° 1.675 de 2008 y N° 1.243 de 2009, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las resoluciones exentas N° 7, N° 2.027, N° 2.911 y N° 3.328, todas de 2009, de esta Subsecretaría.
Resuelvo:
1.- Modifícase la resolución exenta N° 2.911, de 2009, de esta Subsecretaría de Pesca, que estableció la distribución de la fracción artesanal de las pesquerías artesanales de Merluza común Merluccius gayi, sometidas al Régimen Artesanal de Extracción por organizaciones de pescadores artesanales, en el sentido de señalar que la distribución para el período agosto-diciembre de 2009, expresada en toneladas, en el Área Norte 2 de la VII Región y en el Área Sur de la VII Región, serán las siguientes:

2.- Transcríbase copia de la presente resolución a la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante y al Servicio Nacional de Pesca.
Anótese, comuníquese y publíquese por cuenta de esta Subsecretaría de Pesca.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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