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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2009


Por resolución exenta N° 3.788, de 13 de noviembre de 2009, de esta Subsecretaría, autorízase a SOUTHPACIFIC KORP S.A. para sustituir la nave en construcción "BEC 2885/08" por la nave "Gualpén", cuyas características náuticas son las siguientes:
Matrícula2419
Eslora de arqueo45.55 m
TRG (Internacional)606.00
Manga8.60 m
Capacidad de bodega820.61 m³
Potencia principal2140.00 Hp
Potencia auxiliar474.00 Hp
Arte de pescaCerco, Arrastre de media agua.

Fíjase como zona de operación de la nave reemplazante las áreas marítimas que a continuación se indican, donde podrá capturar, con los artes de pesca que se señalan, los siguientes recursos hidrobiológicos: a) Área marítima comprendida entre la V a VII y IX regiones, por fuera del área de reserva artesanal, con cerco: Jurel; b) Área marítima comprendida entre la XIV a X regiones, por fuera del área de reserva artesanal, con cerco: Jurel; c) Área marítima comprendida entre la V a VII y IX a X regiones, por fuera del área de reserva artesanal, con cerco: Anchoveta, Sardina común, Merluza de cola; d) Área marítima comprendida entre la V a VII y IX regiones, por fuera de las 60 millas náuticas, con arrastre de media agua: Jurel; e) área marítima comprendida entre la XIV a X regiones, por fuera de las 60 millas náuticas, con arrastre de media agua: Jurel; f) Área marítima comprendida entre la V a VII y IX a X Regiones, por fuera de las 60 millas náuticas, con arrastre de media agua: Anchoveta, Sardina común, Merluza de cola. Autorízase a Southpacific Korp S.A., para ampliar actividades pesqueras extractivas con la nave antes individualizada, en las áreas marítimas, con los artes de pesca y sobre los recursos que a continuación se indican: a) Área marítima comprendida entre V a VII y IX a X regiones, por fuera del área de reserva artesanal, con cerco: Caballa, Jibia, Pampanito; b) En el área marítima comprendida entre la V a VII y IX a X regiones, por fuera de las 60 millas náuticas, con arrastre de media agua: Caballa, Jibia, Pampanito.
Déjase sin efecto la resolución exenta N° 2.885, de 2008, de esta Subsecretaría.
Valparaíso, 13 de noviembre de 2009.- María Ángela Barbieri Bellolio, Subsecretaria de Pesca (S).




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