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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2009


SUBSECRETARÍA DE PESCA
FIJA NÓMINA DE BENEFICIARIOS PARA PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PARA PESCADORES ARTESANALES DE LA REGIÓN DE COQUIMBO, COMUNA DE LA HIGUERA, REGIÓN DE COQUIMBO, APRUEBA PAGO Y GIRO DE CHEQUES
(Resolución)
Núm. 4.150 exenta.- Valparaíso, 15 de diciembre de 2009.- Visto: Lo dispuesto en la ley N° 20.314 de Presupuestos para el Sector Público año 2009; en la ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura; en el decreto con fuerza de ley N° 1 - 19.653 de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575 sobre Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880 de Bases del Procedimiento Administrativo; en las resoluciones N° 759, de 2003 y N° 1.600, de 2008, ambas de la Contraloría General de la República; el acuerdo N° 11 de la sesión N° 40, del Consejo de Administración Pesquera; la resolución N° 2.697 de fecha 11 de agosto de 2009, de esta Subsecretaría, que aprobó el Programa de Capacitación para Pescadores Artesanales de la Región de Coquimbo, comuna de La Higuera; la resolución N° 3.256 de fecha 29 de septiembre de 2009, y
Considerando:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 173 de la ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura, se determina la creación del Fondo de Administración Pesquero, destinado a financiar proyectos de investigación pesquera y acuicultura, y de fomento y desarrollo a la pesca artesanal; y programas de vigilancia, fiscalización y administración de las actividades pesqueras; de capacitación, apoyo social y reconversión laboral para los trabajadores que, durante el periodo de vigencia de la ley N° 19.713, hayan perdido su empleo, y de capacitación para los actuales trabajadores de las industrias pesqueras extractivas y de procesamiento. La investigación pesquera y en la acuicultura será administrada en la forma que determine la ley, garantizando la mayor autonomía de la autoridad administrativa.
Que el Fondo es administrado por el Consejo de Administración Pesquera, integrado por el Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, quien lo preside; el Ministro de Hacienda o un representante permanente designado por éste; el Ministro del Trabajo y Previsión Social o un representante permanente designado por éste; el Subsecretario de Pesca y el Director Nacional de Pesca.
Que el Consejo de Administración Pesquera determinó delegar en el Subsecretario de Pesca y en la Subsecretaría a su cargo, la ejecución de los programas que se acordara desarrollar.
Que el Consejo de Administración Pesquera, en sesión N° 40, acordó aprobar el Programa de capacitación para pescadores artesanales de la Región de Coquimbo, comuna de La Higuera, por un monto máximo de $35.000.000.- (treinta y cinco millones de pesos), y que se traducirá en la entrega de elementos básicos para el óptimo funcionamiento de cada una de las organizaciones del sector artesanal de la comuna de La Higuera, así como la entrega de elementos básicos de formulación de proyectos, tales como son el diseño de proyectos, objetivos, planificación y ejecución de los mismos.
Que mediante resolución exenta N° 2.697 de fecha 11 de agosto de 2009, de esta Subsecretaría, se aprobó el Programa de capacitación para pescadores artesanales de la Región de Coquimbo, comuna de La Higuera, así como el Manual de Procedimiento, Evaluación y Selección de beneficiarios.
Que de acuerdo a los requisitos y procedimientos contenidos en el referido Manual de Evaluación y Selección, se ha conformado una nómina de beneficiarios, la que ha sido validada la Comisión Evaluadora conformada de acuerdo a lo establecido en el precitado Manual, y aprobada en definitiva mediante resolución N° 3.256 de fecha 29 de septiembre de 2009, de esta Subsecretaría de Pesca.
Que, sin embargo, la nómina de beneficiarios contenida en la resolución recién citada excluyó a los postulantes individualizados en la nómina que se incluye en la presente resolución, quienes han interpuesto recurso de reconsideración en tiempo y forma, y asimismo han acreditado cumplir a cabalidad con los requisitos establecidos en el Manual de Procedimiento para ser beneficiarios.
Las facultades que al suscrito le confieren el decreto supremo N° 215 de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y en especial para ejecutar los Programas y Proyectos año 2009 que corresponda en el marco de lo dispuesto en el artículo 173 de la ley N° 18.892 de Pesca y Acuicultura, en el acta de sesión N° 40 del Consejo de Administración Pesquero, de fecha 16 de marzo de 2009, dicto la siguiente:
Resolución:
1. Fíjase la siguiente nómina de beneficiarios, por un total de $4.600.000.- (cuatro millones seiscientos mil pesos), y autorízase el pago de un bono de ayuda y manutención ascendente a la suma de $100.000.- (cien mil pesos) para cada asistente:

2.- Autorízase al Departamento Administrativo para efectuar el giro de los correspondientes cheques.
3.- Déjase constancia que el Programa de Capacitación para Pescadores Artesanales de la Región de Coquimbo, comuna de La Higuera, implica un monto total de hasta $35.000.000.- (treinta y cinco millones de pesos), de los cuales mediante resolución N° 3.256 de fecha 29 de septiembre de 2009, se pagó la suma de $25.900.000.- (veinticinco millones novecientos mil pesos), quedando por tanto recursos disponibles para el pago de la presente nómina.
4.- Impútese el gasto que demande la presente resolución a la Partida 07, Capítulo 03, Programa 02, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 002, del presupuesto vigente para el año 2009, del Fondo de Administración Pesquero.
Anótese, refréndese, comuníquese, archívese y publíquese en el Diario Oficial por cuenta de esta Subsecretaría.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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