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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2010


Por resolución exenta N° 155, de 11 de enero de 2010 de esta Subsecretaría, reconócese la participación conjunta de los armadores que a continuación se indican, en la unidad de pesquería Jurel, en el área marítima comprendida entre el límite norte de la V Región y el límite sur de la IX Región, individualizada en la letra c) del artículo 2 de la ley 19.713, para ejercer el límite máximo de captura por armador establecido en el decreto exento N° 1.926 de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción a partir de la fecha de la presente resolución y hasta el 31 de diciembre del 2010:
ALIMENTOS MARINOS S.A., SOCIEDAD PESQUERA SAN ANTONIO S.A., PESQUERA MAR PROFUNDO S.A., PESQUERA ISLA QUIHUA S.A.
La opción ejercida por el grupo de armadores antes indicados es irrevocable durante el presente año calendario.
Valparaíso, 11 de enero de 2010.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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