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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2010


Por resolución exenta N° 173, de 11 de enero de 2010, de esta Subsecretaría, reconócese la participación conjunta de los armadores que a continuación se indica, en la unidad de pesquería de Jurel, en el área marítima correspondiente a la XIV y X Regiones, individualizada en el artículo 2 letra d) de la ley 19.713, para ejercer el límite máximo de captura establecido por decreto exento N° 1.926 de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, a partir de la fecha de la presente resolución y hasta el 31 de diciembre del 2010:
PESQUERA ITATA S.A., SOCIEDAD PESQUERA LANDES S.A. y BAHÍA CALDERA S.A.
La opción ejercida por el grupo de armadores antes indicados es irrevocable durante el presente año calendario.
Valparaíso, 11 de enero de 2010.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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