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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2010


Por resolución exenta N° 418, de 21 de enero de 2010 de esta Subsecretaría, autorízase al INSTITUTO DE FOMENTO PESQUERO para efectuar una pesca de investigación de conformidad con los Términos Técnicos de Referencia del Proyecto denominado, "Caracterización y cuantificación de la fauna acompañante en las capturas de cerco, Región Arica - Parinacota, Tarapacá y Antofagasta 2010".
El objetivo de la pesca de investigación consiste en caracterizar y cuantificar la fauna acompañante de las capturas realizadas de las Regiones XV, I y II, respecto de los recursos Anchoveta, Sardina española, Jurel y Caballa.
La pesca de investigación que se autoriza se efectuará en el área marítima de la XV, I y II Regiones. Sin perjuicio de lo anterior, las naves industriales participantes deberán operar por fuera del área de reserva artesanal, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 47 incisos 3° y 4° de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
La pesca de investigación se efectuará entre la fecha de la presente resolución y el 31 de diciembre de 2010, ambas fechas inclusive.
En la pesca de investigación participarán las naves industriales indicadas en la resolución extractada, que cuentan con autorizaciones vigentes para operar en las unidades de pesquería de Jurel, de Anchoveta y/o Sardina española de la XV, I y II Regiones. Con todo, las naves industriales sólo podrán capturar aquellas especies objetivo indicadas en el numeral 2.- de la resolución extractada, respecto de las cuales cuenten con autorizaciones para poder extraerlas y se encuentren inscritas para efectos de lo dispuesto en el artículo 8° de la ley N° 19.713, según corresponda.
Asimismo, participarán en la pesca de investigación las embarcaciones artesanales indicadas en la resolución extractada, que se encuentran inscritas en el Registro Pesquero Artesanal de la XV, I o II Región, secciones de pesquería Anchoveta, Sardina Española y/o Jurel. Las embarcaciones artesanales antes indicadas sólo podrán capturar aquellas especies objetivo indicadas en el numeral 2.- de la resolución extractada, que tengan inscritas en el Registro Pesquero Artesanal de la XV, I o II Regiones, según corresponda.
El Instituto designa como persona responsable de esta pesca de investigación a su Director Ejecutivo, don Jorge Toro Da’Ponte.
Valparaíso, 21 de enero de 2010.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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