Subsecretaría de Pesca
FIJA NÓMINA DE BENEFICIARIOS DE PROGRAMA DE APOYO SOCIAL CONSISTENTE EN APORTE EXTRAORDINARIO PARA GASTOS DE HIJOS/AS DE TRABAJADORES DESPLAZADOS DEL SECTOR PESQUERO INDUSTRIAL, BAJO LA VIGENCIA DE LA LEY N° 19.713, REGIONES DE VALPARAÍSO Y BIOBÍO, AÑO 2010
(Resolución)
Núm. 1.640 exenta.- Valparaíso, 20 de mayo de 2010.- Vistos: Lo dispuesto en la ley N° 20.407, de Presupuestos para el Sector Público para el año 2010; en el decreto supremo N° 430/91 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura; en el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880 de Bases Generales de Procedimiento Administrativo; en la resolución 1.600/08 de Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; en la resolución N° 759/03 de Contraloría General de la República, que fija normas de Procedimiento sobre Rendición de Cuentas; en los acuerdos N° 11 de la sesión N° 31, de fecha 9 de mayo de 2007; N° 2 de la sesión N° 48, de fecha 4 de enero de 2010; el acuerdo N° 2 letra b) y N° 3 letra a) de la sesión N° 52, de fecha 16 de abril de 2010, todos del Consejo de Administración Pesquera; en la resolución N° 1.405, de fecha 19 de abril de 2010, de esta Subsecretaría; y
Considerando:
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 173 del decreto supremo N° 430/91 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura, se determina la creación del Fondo de Administración Pesquero, destinado a financiar proyectos de investigación pesquera y acuicultura y de fomento y desarrollo a la pesca artesanal; y programas de vigilancia, fiscalización y administración de las actividades pesqueras; de capacitación, apoyo social y reconversión laboral para los trabajadores que durante el período de vigencia de la ley N° 19.713 hayan perdido su empleo, y de capacitación para los actuales trabajadores de las industrias pesqueras extractivas y de procesamiento. La investigación pesquera y en acuicultura será administrada de la forma que determine la ley, garantizando mayor autonomía de la autoridad administrativa.
Que el Fondo es administrado por el Consejo de Administración Pesquera, integrado por el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, quien lo presidirá; el Ministro de Hacienda o un representante permanente designado por éste; el Ministro del Trabajo y Previsión Social o un representante permanente designado por éste; el Subsecretario de Pesca y el Director Nacional de Pesca.
Que el Consejo de Administración Pesquera determinó delegar en el Subsecretario de Pesca y en la Subsecretaría a su cargo la ejecución de los programas que se acordara desarrollar.
Que el Consejo de Administración Pesquera, en sesión N° 31, de fecha 9 de mayo del año 2007, aprobó mediante acuerdo N° 11 destinar recursos para el Programa de Becas para Hijos/as de Trabajadores Desplazados del Sector Pesquero Industrial, bajo la vigencia de la ley N° 19.713, por un monto de hasta $170.000.000 (ciento setenta millones de pesos).
Que en sesión N° 48, de fecha 4 de enero de 2010, mediante acuerdo N° 2, el Consejo de Administración Pesquera aprueba destinar hasta la suma de $170.000.000 (ciento setenta millones de pesos) para Programa de Apoyo Social, consistente en Aporte para Gastos de Educación de Hijos/as de Trabajadores Desplazados del Sector Pesquero Industrial, bajo la vigencia de la ley N° 19.713, año 2010.
Que en virtud de la grave crisis por la que atraviesan los trabajadores desplazados del sector pesquero industrial de las regiones de Valparaíso y Biobío, a causa del terremoto y posterior tsunami ocurridos el pasado mes de febrero, el Consejo de Administración Pesquera, con fecha 26 de abril de 2010, en sesión N° 52, acuerda reorientar los recursos ya aprobados en sesiones anteriores con el objeto de destinarlos extraordinariamente a paliar los efectos de la catástrofe. De esta forma, mediante acuerdo N° 2 letra b) se aprueba dejar sin efecto el acuerdo N° 2 de la sesión N° 48 del Consejo, que aprobó los programas de apoyo social para trabajadores desplazados del sector pesquero industrial para el año 2010.
Que tomando en consideración lo anterior, en virtud de acuerdo N° 3 letra a) de la ya mencionada sesión N° 52 del Consejo de Administración Pesquera, se aprueba destinar hasta la suma de M$140.000 (ciento cuarenta millones de pesos) para el Programa de Apoyo Social consistente en aporte extraordinario para gastos de hijos/as de trabajadores desplazados del sector pesquero industrial bajo la vigencia de la ley 19.713, regiones de Valparaíso y Biobío, año 2010.
Que para tal objeto se ha requerido ejecutar y desarrollar por la Subsecretaría de Pesca un programa de apoyo social extraordinario, con el objeto que los potenciales beneficiarios de las regiones de Valparaíso y Biobío afectados por la catástrofe postulen al beneficio señalado, cumpliendo los requisitos establecidos en un manual de procedimiento.
Que mediante resolución exenta N° 1.405, de fecha 19 de abril de 2010, de esta Subsecretaría, se aprobó Programa de Apoyo Social, consistente en aporte extraordinario para gastos de hijos/as de trabajadores desplazados del sector pesquero industrial bajo la vigencia de la ley 19.713, regiones de Valparaíso y Biobío, año 2010, junto a su Manual de Procedimiento, Evaluación y Selección de beneficiarios.
Que de acuerdo a los requisitos y procedimientos contenidos en el referido Manual de Procedimiento, Evaluación y Selección de beneficiarios, se conformó, en virtud de resolución exenta N° 1.511, de fecha 6 de mayo de 2010, de esta Subsecretaría, una primera nómina de 147 beneficiarios, y posteriormente con fecha 14 de mayo de 2010, mediante resolución exenta N°1.604, se conformó una segunda nómina de 36 beneficiarios. Ello, a objeto de agilizar la entrega del beneficio en atención a su cometido, esto es, apoyar la sustentabilidad de la familia y los gastos de educación correspondiente a los hijos/as de los trabajadores desplazados del sector pesquero industrial de las regiones de Valparaíso y Biobío que hayan sido afectados por la catástrofe.
Que aún existen 32 personas que de acuerdo a los requisitos y procedimientos establecidos en el referido manual gozan de la calidad de beneficiarios del Programa, por lo que se requiere fijar una tercera nómina que los contenga, a efecto de proceder a la entrega del beneficio dentro del plazo establecido.
Las facultades que al suscrito le confieren el decreto supremo N° 119, de 2010, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y en especial para ejecutar los Programas y Proyectos año 2010 que corresponda en el marco de lo dispuesto en el artículo 173 de la ley N° 18.892 de Pesca y Acuicultura; en el acuerdo N° 1 de la sesión N° 48 de fecha 4 de enero de 2010, del Consejo de Administración Pesquero, dicto la siguiente:
Resolución:
Fíjase la siguiente tercera nómina de beneficiarios del Programa de Apoyo Social, consistente en aporte extraordinario para gastos de hijos/as de trabajadores desplazados del sector pesquero industrial bajo la vigencia de la ley 19.713, regiones de Valparaíso y Biobío, año 2010, y autorízase el pago del beneficio por la suma que en cada caso se indica, que en su conjunto suma $20.800.000 (veinte millones ochocientos mil pesos):
N° | Rut | D/V | Apellidos | Nombres | Monto de Pago |
1 | 7.902.324 | 8 | Alarcón Vega | José Adrián | 650.000 |
2 | 7.088.445 | 3 | Amas Pizarro | Víctor Julio | 650.000 |
3 | 9.371.870 | 4 | Araya Pardo | Luis Agustín | 650.000 |
4 | 8.243.766 | 5 | Bustos Badilla | Juan Carlos | 650.000 |
5 | 8.702.658 | 2 | Calabriano Saavedra | Arsobindo Octavio | 650.000 |
6 | 7.337.441 | 3 | Carrasco Gallardo | José Manuel | 650.000 |
7 | 10.296.689 | 9 | Ceballos Medina | Ascanio Atoniel | 650.000 |
8 | 9.364.158 | 2 | Cuevas Barboza | Fabián Emilio | 650.000 |
9 | 8.484.172 | 2 | Gajardo Gajardo | José Enrique | 650.000 |
10 | 8.674.406 | 6 | Góngora Toro | Luis Alberto | 650.000 |
11 | 5.737.872 | 7 | Grandfelt López | Raúl Domingo | 650.000 |
12 | 4.897.101 | 6 | Herrera Navarrete | Gonzalo Segundo | 650.000 |
13 | 10.073.995 | K | Jiménez Henríquez | Guillermo Antonio | 650.000 |
14 | 9.882.369 | 7 | Macaya Silva | Francisco Arnaldo | 650.000 |
15 | 11.291.207 | K | Macaya Vásquez | David Enrique | 650.000 |
16 | 9.284.334 | 3 | Mendoza Véjar | Arturo David | 650.000 |
17 | 9.446.725 | K | Morales Ríos | José Esteban | 650.000 |
18 | 10.484.114 | 7 | Muñoz Barrenechea | Francisco Javier | 650.000 |
19 | 11.683.408 | 1 | Quiñones Ulloa | Víctor Javier | 650.000 |
20 | 9.657.359 | 6 | Quiroz Villegas | Jorge Alfredo | 650.000 |
21 | 7.192.449 | 1 | Rebolledo Barraza | Jacinto Antonio | 650.000 |
22 | 12.553.043 | 5 | Reyes Espinoza | Patricio Arturo | 650.000 |
23 | 9.521.784 | 2 | Reyes Gómez | Werner Gustavo | 650.000 |
24 | 6.332.122 | 2 | Riffo Muñoz | Jorge | 650.000 |
25 | 7.611.278 | 9 | Rivas Muñoz | Juan Bautista | 650.000 |
26 | 7.649.782 | 6 | Rozas Reyes | José Evaristo | 650.000 |
27 | 5.498.533 | 9 | Salazar Matus | Héctor Hernán | 650.000 |
28 | 8.012.594 | 1 | Sánchez Isla | Cecil | 650.000 |
29 | 9.441.135 | 1 | Santibáñez Hormazábal | Nelson Omar | 650.000 |
30 | 9.724.069 | 8 | Sepúlveda Fuentealba | Miguel Ángel | 650.000 |
31 | 6.533.191 | 8 | Silva Valencia | Juan Antonio | 650.000 |
32 | 8.139.684 | 1 | Torres Pino | Jorge Eduardo | 650.000 |
| | | | | 20.800.000 |
2.- Autorízase al Departamento Administrativo de la Subsecretaría de Pesca para efectuar el pago de los correspondientes recursos.
3.- Déjase constancia que el Programa de Apoyo Social, consistente en aporte extraordinario para gastos de hijos/as de trabajadores desplazados del sector pesquero industrial bajo la vigencia de la ley 19.713, regiones de Valparaíso y Biobío, año 2010 implica un monto total de hasta $140.000.000 (ciento cuarenta millones de pesos), aprobado por el Consejo de Administración Pesquera, de los cuales mediante resolución exenta N° 1.511, de 2010, se pagó la suma de $95.550.000 (noventa y cinco millones quinientos cincuenta mil pesos), y en virtud de resolución exenta N° 1.604, del mismo año, se pagó $23.400.000 (veintitrés millones cuatrocientos mil pesos).
4.- Impútese el gasto que demande la presente resolución a la Partida 07, Capítulo 03, Programa 02, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 002, del presupuesto vigente para el año 2010, del Fondo de Administración Pesquero.
5.- Remítase copia de la presente resolución al Fondo de Administración Pesquero.
Anótese, refréndese, comuníquese, cúmplase, publíquese en el Diario Oficial por cuenta de esta Subsecretaría y archívese.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.