Por resolución exenta N° 1.774, de 4 de junio de 2010, de esta Subsecretaría, modifíquese el numeral 2° letra C) de la resolución exenta N° 749 de 2010, y sus modificaciones posteriores, todas de esta Subsecretaría, que distribuye la fracción artesanal de pesquería de Anchoveta, Sardina común y Jurel en la V Región, sometida al Régimen Artesanal de Extracción por unidad de asignación organizaciones de pescadores artesanales, para el período comprendido entre la fecha de entrada en vigencia de la resolución antes indicada y el 31 de diciembre de 2014, en el sentido de indicar que durante el año 2010 la asignación del recurso Jurel para la organización de pescadores artesanales Armadores Artesanales del Puerto de San Antonio Asociación Gremial, Registro de Asociaciónes Gremiales 2510, será la siguiente: c) Pesquería artesanal de Jurel
Total
Organización
Ene-Mar
Abr-Jun
Jul-Sep
Oct-Dic
Ton.
Armadores Artesanales
del Puerto de San Antonio
Asociación Gremial,
Registro de Asociaciones
Gremiales 2510
2.460
3.631
0
62
6.153
Valparaíso, 4 de junio de 2010.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.