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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2010


Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
SUBSECRETARÍA DE PESCA
FIJA NÓMINA DE BENEFICARIOS DEL PROGRAMA DE APOYO SOCIAL CONSISTENTE EN APORTE EXTRAORDINARIO DESTINADO A ENFRENTAR LA SITUACIÓN DE EMERGENCIA PRODUCIDA POR LA CATÁSTROFE, A CONSECUENCIA DEL TERREMOTO Y POSTERIOR TSUNAMI DEL PASADO 27 DE FEBRERO DE 2010, PARA TRABAJADORES DESPLAZADOS DEL SECTOR PESQUERO INDUSTRIAL, BAJO LA VIGENCIA DE LA LEY N° 19.713, REGIONES DE VALPARAÍSO Y BIOBÍO, AÑO 2010
(Resolución)
Núm. 1.966 exenta.- Valparaíso, 1 de julio de 2010.- Visto: Lo dispuesto en la Ley N° 20.407 de Presupuestos para el Sector Público para el año 2010; en el decreto supremo N° 430/91 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura; en el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653 de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575 sobre Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la resolución 1.600/08, de Contraloría General de la República, que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; en la resolución N° 759/03 de Contraloría General de la República, que fija normas de Procedimiento sobre Rendición de Cuentas; en el decreto supremo N° 150, de fecha 27 de febrero de 2010, del Ministerio del Interior; en el acuerdo N° 4 de la sesión N° 52, del Consejo de Administración Pesquera, de fecha 16 de abril de 2010; en la resolución afecta N° 13, de fecha 14 de mayo de 2010, de esta Subsecretaría; en la resolución afecta N°16 de fecha 24 de junio de 2010, y
Considerando:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 173 del decreto supremo N° 430/91 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura, se determina la creación del Fondo de Administración Pesquero, destinado a financiar proyectos de investigación pesquera y acuicultura, y de fomento y desarrollo a la pesca artesanal, y programas de vigilancia, fiscalización y administración de las actividades pesqueras; de capacitación, apoyo social y reconversión laboral para los trabajadores que, durante el período de vigencia de la ley N° 19.713, hayan perdido su empleo, y de capacitación para los actuales trabajadores de las industrias pesqueras extractivas y de procesamiento. La investigación pesquera y en acuicultura será administrada en la forma que determine la ley, garantizando la mayor autonomía de la autoridad administrativa.
Que el Fondo es administrado por el Consejo de Administración Pesquera, integrado por el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, quien lo presidirá; el Ministro de Hacienda o un representante permanente designado por éste; el Ministro del Trabajo y Previsión Social o un representante permanente designado por éste; el Subsecretario de Pesca y el Director Nacional de Pesca.
Que el Consejo de Administración Pesquera determinó delegar en el Subsecretario de Pesca y en la Subsecretaría a su cargo, la ejecución de los programas que se acordara desarrollar.
Que, en atención a la grave situación en que se encuentran los trabajadores desplazados del Sector Pesquero Industrial de las regiones de Valparaíso y Biobío, a consecuencia del terremoto y posterior tsunami del pasado 27 de febrero de 2010, el Consejo de Administración Pesquera, en Sesión N° 52 de fecha 16 de abril de 2010, mediante acuerdo N° 4, aprobó destinar hasta la suma de M$635.000.- (seiscientos treinta y cinco millones de pesos) para implementar un Programa de Apoyo Social consistente en aporte extraordinario destinado a enfrentar la situación de emergencia producida por la catástrofe, para Trabajadores Desplazados del Sector Pesquero Industrial bajo la Vigencia de la ley 19.713, de las regiones de Valparaíso y Biobío.
Que, para tal objeto, se ha requerido ejecutar y desarrollar por la Subsecretaría de Pesca un programa de apoyo social extraordinario, con el objeto de que los potenciales beneficiarios de las regiones de Valparaíso y Biobío, afectados por la catástrofe, postulen, cumpliendo los requisitos señalados en un manual de procedimiento.
Que mediante resolución afecta N° 13 de fecha 14 de mayo de 2010, de esta Subsecretaría, se aprobó Programa de Apoyo Social consistente en aporte extraordinario destinado a enfrentar la situación de emergencia producida por la catástrofe, para Trabajadores Desplazados del Sector Pesquero Industrial bajo la vigencia de la ley 19.713, Rgiones de Valparaíso y Biobío, año 2010.
Que, de acuerdo a los requisitos y procedimientos contenidos en el referido Manual de Procedimiento, Evaluación y Selección de Bneficiarios, se conformó en virtud de resolución afecta N° 16, de fecha 24 de junio de 2010 de esta Subsecretaría, una primera nómina de 79 beneficiarios, con el objeto de agilizar la entrega del beneficio en atención a su cometido, esto es, enfrentar la situación de emergencia producida por la catástrofe que ocasionó el terremoto y posterior tsunami, ocurridos el 27 de febrero recién pasado.
Que, aún existen personas que de acuerdo a los requisitos y procedimientos establecidos en el referido Manual, gozan de la calidad de beneficiarios del Programa, por lo que se requiere fijar una segunda nómina que los contenga, a efecto de proceder a la entrega del beneficio dentro del plazo establecido.
Las facultades que al suscrito le confieren el decreto supremo n° 119 de 2010, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y, en especial para ejecutar los Programas y Proyectos año 2010 que corresponda en el marco de lo dispuesto en el artículo 173 de la ley N° 18.892 de pesca y acuicultura, en el Acuerdo N° 1 de la sesión N° 48 del Consejo de Administración Pesquero, de fecha 04 de enero de 2010, dicto la siguiente,
Resolución:
1. Fíase la siguiente segunda nómina de beneficiarios del Programa de Apoyo Social consistente en aporte extraordinario destinado a enfrentar la situación de emergencia producida por la catástrofe, para trabajadores desplazados del sector pesquero industrial bajo la vigencia de la ley 19.713, Rgiones de Valparaíso y Biobío, año 2010,y atoríase el pago del beneficio por la suma que en cada caso se indica, que en su conjunto suma $172.500.000.- (Ciento setenta y dos millones quinientos mil pesos):


2. Autorízase al Departamento Administrativo de la Subsecretaría de Pesca para efectuar el pago de los correspondientes recursos.
3.- Déjase constancia que el Programa de Apoyo Social consistente en aporte extraordinario destinado a enfrentar la situación de emergencia producida por la catástrofe, para trabajadores desplazados del sector pesquero industrial bajo la Vigencia de la ley 19.713, Regiones de Valparaíso y Biobío, año 2010, implica un monto total asignado de hasta $635.000.000.- (seiscientos treinta y cinco millones de pesos), aprobados por el Consejo de Administración Pesquera, de los cuales mediante resolución afecta n° 16 de 2010, se pagó la suma de $197.500.000.- (ciento noventa y siete millones quinientos mil pesos), y por este acto se autoriza la entrega de $172.500.000.- (ciento setenta y dos millones quinientos mil pesos).
4.- Impútese el gasto que irrogue la presente resolución a la Partida 07, Capítulo 03, Programa 02, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 002, del Presupuesto vigente para el año 2010, del Fondo de Administración Pesquero.
5. Remítase copia de la presente resolución al Fondo de Administración Pesquero.
Anótese, refréndese, comuníquese, cúmplase, publíquese en el Diario Oficial por cuenta de esta Subsecretaría y archívese.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.




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