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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2010


Por resolución exenta N° 1.969, de 1 de julio de 2010, de esta Subsecretaría, aplícase al grupo de armadores PESQUERA ITATA S.A. y SOCIEDAD PESQUERA LANDES S.A., cuya participación conjunta fue reconocida mediante resolución N° 269, de 2009, de esta Subsecretaría, la sanción establecida en el artículo 11 inciso 1° de la Ley N° 19.713, respecto de la unidad de pesquería de Anchoveta individualizada en el artículo 2° letra e) de la Ley N° 19.713.
Descuéntese al grupo de armadores antes individualizado el triple del exceso capturado durante el año 2009 en la unidad de pesquería de Anchoveta V-X Región, lo que equivale a 5,08 toneladas del límite máximo de captura asignado para el año 2010, que provienen de: Pesquera Itata S.A. 2,975 toneladas, Sociedad Pesquera Landes S.A. 2,105 toneladas.
Redúzcase los límites máximos de captura asignados para el año 2010 a los armadores que a continuación se individualizan, quedando para el año 2010 el límite que en cada caso se indica: Pesquera Itata S.A.: 11.849,254 toneladas; Sociedad Pesquera Landes S.A.: 8.382,883 toneladas.
Los descuentos se harán efectivos de los límites máximos de captura autorizados para el año 2010, mediante decreto exento N° 1.926, de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Valparaíso, 1 de julio de 2010.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.




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