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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2010


SUBSECRETARÍA DE PESCA
(Resoluciones)
FIJA NÓMINA DE BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA DE APOYO SOCIAL CONSISTENTE EN APORTE EXTRAORDINARIO DESTINADO A ENFRENTAR LA SITUACIÓN DE EMERGENCIA PRODUCIDA POR LA CATÁSTROFE, PARA TRABAJADORES DESPLAZADOS DEL SECTOR PESQUERO INDUSTRIAL, BAJO LA VIGENCIA DE LA LEY N° 19.713, REGIONES DE VALPARAÍSO Y BIOBÍO, AÑO 2010
Núm. 16 afecta.- Valparaíso, 24 de junio de 2010.- Visto: Lo dispuesto en la Ley N° 20.407 de Presupuestos para el Sector Público para el año 2010; en el Decreto Supremo N° 430/91 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura; en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1 - 19.653 de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575 sobre Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880 de Bases de los Procedimiento Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Resolución 1600/08 de Contraloría General de la República, que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; en la Resolución N° 759/03 de Contraloría General de la República, que fija normas de Procedimiento sobre Rendición de Cuentas; en el Decreto Supremo N° 150, de fecha 27 de Febrero de 2010, del Ministerio del Interior; en la Resolución N° 817, de 08 de Marzo de 2010, de la Contraloría General de la República, que autoriza se cumplan antes de su toma de razón los decretos y resoluciones que indica; en el Acuerdo N° 04 de la Sesión N° 52, del Consejo de Administración Pesquera, de fecha 16 de Abril de 2010; en la Resolución Afecta N° 13, de fecha 14 de Mayo de 2010, de esta Subsecretaría; y
Considerando:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 173 del Decreto Supremo N° 430/91 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura, se determina la creación del Fondo de Administración Pesquero, destinado a financiar proyectos de investigación pesquera y acuicultura, y de fomento y desarrollo a la pesca artesanal; y programas de vigilancia, fiscalización y administración de las actividades pesqueras; de capacitación, apoyo social y reconversión laboral para los trabajadores que, durante el periodo de vigencia de la Ley N° 19713, hayan perdido su empleo, y de capacitación para los actuales trabajadores de las industrias pesqueras extractivas y de procesamiento. La investigación pesquera y en acuicultura será administrada en la forma que determine la ley, garantizando la mayor autonomía de la autoridad administrativa.
Que el Fondo es administrado por el Consejo de Administración Pesquera, integrado por el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, quien lo presidirá; el Ministro de Hacienda o un representante permanente designado por éste; el Ministro del Trabajo y Previsión Social o un representante permanente designado por éste; el Subsecretario de Pesca y el Director Nacional de Pesca.
Que el Consejo de Administración Pesquera determinó delegar en el Subsecretario de Pesca y en la Subsecretaría a su cargo, la ejecución de los programas que se acordara desarrollar.
Que, en atención a la grave situación en que se encuentran los trabajadores desplazados del Sector Pesquero Industrial de las regiones de Valparaíso y Biobío, a consecuencia del terremoto y posterior tsunami del pasado 27 de febrero de 2010, el Consejo de Administración Pesquera, en Sesión N° 52 de fecha 16 de Abril de 2010, mediante acuerdo N° 4, aprobó destinar hasta la suma de M$635.000.- (seiscientos treinta y cinco millones de pesos) para implementar un Programa de Apoyo Social consistente en aporte extraordinario destinado a enfrentar la situación de emergencia producida por la catástrofe, para Trabajadores Desplazados del Sector Pesquero Industrial bajo la Vigencia de la ley 19.713, de las regiones de Valparaíso y Biobío.
Que, para tal objeto, se ha requerido ejecutar y desarrollar por la Subsecretaría de Pesca un programa de apoyo social extraordinario, con el objeto de que los potenciales beneficiarios de las regiones de Valparaíso y Biobío, afectados por la catástrofe, postulen, cumpliendo los requisitos señalados en un manual de procedimiento.
Que mediante Resolución Afecta N° 13 de fecha 14 de Mayo de 2010, de esta Subsecretaría, se aprobó "Programa de Apoyo Social consistente en aporte extraordinario destinado a enfrentar la situación de emergencia producida por la catástrofe, para Trabajadores Desplazados del Sector Pesquero Industrial bajo la Vigencia de la Ley 19.713, regiones de Valparaíso y Biobío, año 2010".
Que, mediante Resolución Exenta N° 817, de fecha 08 de Marzo de 2010, de la Contraloría General de la República, se autoriza que aquellas resoluciones que dispongan medidas tendientes a reparar los daños ocasionados a consecuencia del terremoto y posterior tsunami que azotara nuestro país, de las regiones que en ella se indican, sean cumplidas antes de su toma de razón.
Las facultades que al suscrito le confieren el Decreto Supremo N° 119 de 2010, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y, en especial para ejecutar los Programas y Proyectos año 2010 que corresponda en el marco de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley N° 18.892 de pesca y acuicultura, en el Acuerdo N° 1 de la sesión N° 48 del Consejo de Administración Pesquero, de fecha 04 de enero de 2010, dicto la siguiente:
Resolución:
1. Fíjase la siguiente nómina de beneficiarios del "Programa de Apoyo Social consistente en aporte extraordinario destinado a enfrentar la situación de emergencia producida por la catástrofe, para trabajadores desplazados del sector pesquero industrial bajo la vigencia de la Ley 19.713, regiones de Valparaíso y Biobío, año 2010"; y autorízase el pago del beneficio por la suma que en cada caso se indica, que en su conjunto suma $197.500.000.- (Ciento noventa y siete millones quinientos mil pesos):
RUTD/VAPELL PATERNOAPELL MATERNONOMBRESBENEFICIO
19.146.103KAGUAYOARIASLUIS ORLANDO$ 2.500.000
27.902.3248ALARCONVEGAJOSE ADRIAN$ 2.500.000
39.923.2900ALARCONMORADANILO FERNANDO$ 2.500.000
49.871.0787ALARCONMONSALVEJOSE LUIS$ 2.500.000
59.042.6273ALARCONPAREDESWALDO JESUS$ 2.500.000
67.536.2595BARRAGONZALEZRICHARD EMILIANO$ 2.500.000
711.683.6637BELLOFERROJUAN IGNACIO MARCELO$ 2.500.000
88.735.7465BELLORIVERALUIS ALBERTO$ 2.500.000
97.867.5012BRAVOURRUTIARAFAEL ENRIQUE$ 2.500.000
1011.537.0065CANALESGARRIDOMANUEL ANTONIO$ 2.500.000
119.370.1259CAROBILBAODICK CHARLES$ 2.500.000
127.337.4413CARRASCOGALLARDOJOSE MANUEL$ 2.500.000
139.469.6399CEBALLOCARTESJUAN FRANCISCO$ 2.500.000
1410.296.6899CEBALLOSMEDINAASCANIO OTONIEL$ 2.500.000
1510.137.8535CERNASANHUEZAMARCO ANTONIO$ 2.500.000
1611.570.6225CERNATORRESJULIO ANDRES$ 2.500.000
178.836.7278CHAPARROGUTIERREZPEDRO ALEJANDRO$ 2.500.000
189.534.4151CIFUENTESURRABENEDICTO JOAQUIN$ 2.500.000
199.809.6647CONCHAPEZOFERMIN ANTONIO$ 2.500.000
207.995.5809FIGUEROACRUZMANUEL$ 2.500.000
217.032.0452FLORESULLOARAMON TEOBALDO$ 2.500.000
229.929.7875FLORESRUIZALVARO ORLANDO$ 2.500.000
238.971.270KFRITZORTEGAJOSE DEMETRIO$ 2.500.000
2412.924.6391GALINDOREBOLLEDOLUIS HUMBERTO$ 2.500.000
2510.439.0323GUTIERREZARANEDALEONEL ESTEBAN$ 2.500.000
267.617.9921INZUNZAREYESVICTOR SEGUNDO$ 2.500.000
278.851.1123IRRIBARRAMORENOIVAN ANSELMO$ 2.500.000
287.386.2019JARAVALDEBENITOLUPERCIO ENRIQUE$ 2.500.000
298.983.6948JARPAACOSTALUIS ANTONIO$ 2.500.000
309.456.4476LIZAMAMUÑOZHIPOLITO FERNANDO$ 2.500.000
319.674.0662CARTESCANDIAAGUSTIN MARIO ANTONIO$ 2.500.000
329.882.3697MACAYASILVAFRANCISCO ARNALDO$ 2.500.000
338.724.704KMELLADOGARRIDORAUL HUMBERTO$ 2.500.000
348.223.4853MENDEZORTIZFRANCISCO FREDDY$ 2.500.000
359.284.3343MENDOZAVEJARARTURO DAVID$ 2.500.000
368.931.965KMENDOZAROMEROALDO VICTORIANO$ 2.500.000
378.685.0796MOLINAURIBEGABRIEL DEL CARMEN$ 2.500.000
388.788.0419MORACERNAMIGUEL ANGEL$ 2.500.000
395.757.1373MORAMORADAVID SEGUNDO$ 2.500.000
409.282.7194MORAGABADILLAJORGE ARTURO$ 2.500.000
419.983.8450MORALESBENAVIDESOSCAR MANUEL$ 2.500.000
4210.612.5015MUÑOZVERAJUAN CARLOS$ 2.500.000
4310.008.5496MUÑOZCEBALLOLUIS ARMANDO$ 2.500.000
448.938.6993MUÑOZGONZALEZPABLO GUIDO$ 2.500.000
4510.873.1486NIETOMONCADAGERMAN ULISES$ 2.500.000
468.905.4206OLIVARESMEZAEDWARD ENRIQUE$ 2.500.000
4710.796.9276OPAZOHENRIQUEZVICTOR HERNAN$ 2.500.000
487.617.9700ORTIZCARRILLOJOSE BERNARDO$ 2.500.000
497.646.4499OSSAMONTECINOSCARLOS ALBERTO$ 2.500.000
509.077.2503PAREDESMUÑOZVICTOR MANUEL$ 2.500.000


RUTD/VAPELL PATERNOAPELL MATERNONOMBRESBENEFICIO
519.323.0191PERALESCEBALLOSJUAN CARLOS DE JESUS$ 2.500.000
5211.291.8833PEREZMUÑOZDAVID SAUL$ 2.500.000
536.566.3163QUINTANAMANRIQUEZERASMO DEL CARMEN$ 2.500.000
5412.553.0435REYESESPINOZAPATRICIO ARTURO$ 2.500.000
557.355.1439RIFFOESCALONAJUAN ANTONIO$ 2.500.000
567.611.2789RIVASMUÑOZJUAN BAUTISTA$ 2.500.000
577.152.4949RIVASRIFFOSERGIO ANTONIO$ 2.500.000
587.649.7826ROZASREYESJOSE EVARISTO$ 2.500.000
598.831.5952RUIZBRAVOJESUS ADOLFO$ 2.500.000
609.418.7494SALAZARSALAZARRAUL ORLANDO$ 2.500.000
6110.420.2802SANCHEZHERNANDEZHECTOR MANUEL$ 2.500.000
629.247.6642SANDOVALRIQUELMEPABLO DAVID$ 2.500.000
638.492.2668SANZANAHERNANDEZJAIME VALENTIN$ 2.500.000
6411.213.4247SEPULVEDAPINOHUGO PASCUAL$ 2.500.000
6510.078.2669SEPULVEDAROSALESJOSE VICENTE$ 2.500.000
6610.500.4575SILVASILVAALBERTO ERNESTO$ 2.500.000
6710.827.8749SILVASILVARICARDO HERIBERTO$ 2.500.000
687.805.0152SOTOARRIAGADAJORGE ROBERTO$ 2.500.000
698.383.0549TARIFEÑOCHAPARROJORGE ENRIQUE$ 2.500.000
709.116.1508TORRESGARCIAKRISTIAN DANY$ 2.500.000
719.939.885KULLOASEPULVEDAISMAEL RIGOBERTO$ 2.500.000
728.246.8110VARELATORRESDIEGO ANTONIO$ 2.500.000
739.323.8672VARGASLOZANOJUAN FRANCISCO$ 2.500.000
7410.509.6542VASQUEZBURGOSTORIBIO SEGUNDO$ 2.500.000
7510.233.9401VERAGORNALLMARCO ANTONIO$ 2.500.000
768.385.7234VERGARACANALESNICANOR EDUARDO$ 2.500.000
779.513.338KVIZCARRARIQUELMECARLOS MOISES$ 2.500.000
788.831.3305WALLACEHENRIQUEZPEDRO ANTONIO$ 2.500.000
7910.292.4460ZAPATAOPAZOJAVIER EDUARDO$ 2.500.000

2.- Autorízase al Departamento Administrativo de la Subsecretaría de Pesca para efectuar el pago de los recursos.
3.- Déjase constancia que el "Programa de Apoyo Social consistente en aporte extraordinario destinado a enfrentar la situación de emergencia producida por la catástrofe, para trabajadores desplazados del sector pesquero industrial bajo la Vigencia de la ley 19.713, regiones de Valparaíso y Biobío, año 2010", implica un monto total asignado de hasta $635.000.000.- (seiscientos treinta y cinco millones de pesos), aprobados por el Consejo de Administración Pesquera, de los cuales por este acto se autoriza la entrega de $197.500.000.- (Ciento noventa y siete millones quinientos mil pesos).
4.- Impútese el gasto que irrogue la presente Resolución a la Partida 07, Capítulo 03, Programa 02, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 002, del presupuesto vigente para el año 2010, del Fondo de Administración Pesquero.
5.- Remítase la presente resolución, junto a sus antecedentes fundantes, a Contraloría Regional de Valparaíso para su toma de razón.
6.- Déjase constancia que en virtud de lo establecido en Resolución Exenta N° 817 de Contraloría General de la República, de fecha 8 de Marzo de 2010, y en atención a los fundamentos del presente acto administrativo, la ejecución del programa que por este acto se aprueba se iniciará antes de efectuado el trámite de su toma de razón.
7.- Remítase copia de la presente Resolución al Fondo de Administración Pesquero.
Anótese, refréndese, comuníquese, tómese razón y una vez tomada razón publíquese en el Diario Oficial por cuenta de esta Subsecretaría.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.




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