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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2010


Por resolución exenta N° 10, de esta Dirección Zonal de Pesca, autorízase la actividad de pesca recreativa de especies salmonídeas en el Lago Rupanco, exceptuando los ríos y arroyos efluentes y afluentes, ubicado en la X Región, entre el segundo viernes de septiembre y el segundo jueves del mes de noviembre, ambas fechas inclusive, correspondiente al año 2010 y bajo las condiciones indicadas en la resolución extractada.
Las actividades de pesca recreativa que se realicen en el Lago Rupanco, excluyendo los ríos y arroyos afluentes y efluentes, ubicado en la X Región, entre el segundo viernes de noviembre de 2010 y el primer domingo de mayo de 2011, ambas fechas inclusive, deberán realizarse bajo las condiciones indicadas en la resolución extractada.
El texto completo de la presente resolución se encuentra publicado en www. subpesca.cl.
Puerto Montt, 27 de agosto de 2010.- Pedro Brunetti Barroso, Director Zonal de Pesca XIV y X Regiones.




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