GobiernoTransparente

MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2010


SUBSECRETARÍA DE PESCA
FIJA NÓMINA DE BENEFICARIOS DEL PROGRAMA DE FOMENTO PRODUCTIVO PARA PESCADORES ARTESANALES DE LA REGIÓN DEL BÍO BÍO AFECTADOS POR LA CRISIS DEL RECURSO MERLUZA COMúN
(Resolución)
N° 2.622 exenta.- Valparaíso, 26 de agosto de 2010.- Visto: lo dispuesto en la Ley N° 20.407 de Presupuestos para el Sector Público para el año 2010; en el decreto supremo N° 430/91 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura; en el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575 sobre Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880 de Bases de los Procedimiento Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la resolución 1600/08 de Contraloría General de la República, que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; en la resolución N° 759/03 de Contraloría General de la República, que fija normas de Procedimiento sobre Rendición de Cuentas; en el Acuerdo N° 1 de la Sesión N° 32 del Consejo de Administración Pesquera, de fecha 17 de octubre del año 2007; en el Acuerdo N° 1 letra B de la Sesión N° 50 del Consejo de Administración Pesquera, de fecha 16 de marzo de 2010; en la resolución exenta N° 2.621, de fecha 26 de agosto de 2010, y
Considerando:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 173 del decreto supremo N° 430/91 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura, se determina la creación del Fondo de Administración Pesquero, destinado a financiar proyectos de investigación pesquera y acuicultura, y de fomento y desarrollo a la pesca artesanal; y programas de vigilancia, fiscalización y administración de las actividades pesqueras; de capacitación, apoyo social y reconversión laboral para los trabajadores que, durante el período de vigencia de la Ley N° 19.713, hayan perdido su empleo, y de capacitación para los actuales trabajadores de las industrias pesqueras extractivas y de procesamiento.
Que, el Fondo es administrado por el Consejo de Administración Pesquera, integrado por el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, quien lo presidirá; el Ministro de Hacienda o un representante permanente designado por éste; el Ministro del Trabajo y Previsión Social o un representante permanente designado por éste; el Subsecretario de Pesca y el Director Nacional de Pesca.
Que, el Consejo de Administración Pesquera determinó delegar en el Subsecretario de Pesca y en la Subsecretaría a su cargo, la ejecución de los programas que se acordara desarrollar.
Que, atendido a que las pesquerías de la Región del Bío Bío han sufrido una brusca disminución de su biomasa, hecho que ha provocado efectos sociales y económicos de gran magnitud para el sector artesanal de dicha región, mediante resolución exenta N° 583, de fecha 20 de abril de 2007, del Gobierno Regional del Bío Bío, aprobó el Convenio de Colaboración sobre Implementación del Programa de Desarrollo Productivo para la Pesca Artesanal de la Región del Bío Bío, suscrito con fecha 27 de marzo de 2007, entre el Servicio de Cooperación Técnica, el Servicio Nacional de Pesca y el Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de la referida región. Dicho Convenio consideró recursos por una suma total de $2.413.122.000.- (dos mil cuatrocientos trece millones ciento veintidós mil pesos), traspasados por el Ministerio de Hacienda a Sercotec, logrando atender un total de 827 beneficiarios, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria existente.
Que, el Consejo de Administración Pesquera, en su Sesión N° 32, de fecha 17 de octubre de 2007, resolvió aprobar mediante Acuerdo N° 1, fondos destinados a suplementar el Convenio de Implementación del Programa de Desarrollo Productivo para la Pesca Artesanal de la Región del Bío Bío suscrito entre el Servicio de Cooperación Técnica, el Servicio Nacional de Pesca y el Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de la referida región; por un monto de hasta M$250.000.- (doscientos cincuenta millones de pesos), destinado a aquellos pescadores artesanales afectados por la crisis del sector, que no pudieron ser atendidos por el referido Programa, aun cuando dichas personas cumplían todos los requisitos establecidos en éste, en razón de la disponibilidad presupuestaria establecida para el mismo.
Que, para tal objeto, se ha requerido ejecutar y desarrollar por la Subsecretaría de Pesca un Programa de Fomento Productivo para Pescadores Artesanales pertenecientes a esta región, con el objeto de que aquellos pescadores artesanales, afectados por la crisis del sector, que no pudieron ser atendidos por el Programa ejecutado por Sercotec, y que pese a cumplir los requisitos señalados en dicho Programa, no hayan accedido a la calidad de beneficiarios.
Que, mediante resolución exenta N° 2.621, de fecha 26 de agosto de 2010, de esta Subsecretaría, se aprobó el Programa de Fomento Productivo para Pescadores Artesanales de la Región del Bío Bío afectados por la Crisis del Recurso Merluza Común, junto a su respectivo Manual de implementación.
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2° del referido manual de procedimiento, se considera como beneficiarios a aquellos pescadores artesanales pertenecientes a la Región del Bío Bío que habiendo postulado al Programa de Desarrollo Productivo para la Pesca Artesanal de la Región del Bío Bío implementado por Sercotec, y que cumpliendo con los requisitos prescritos para la selección de beneficiarios, no haya adquirido la calidad de tal en razón de la disponibilidad presupuestaria existente para la ejecución de dicho Programa, y que además, no se encuentre actualmente en condición de ser favorecido por el Programa Volvamos a la Mar de acuerdo a información suministrada por el Fondo de Fomento para la Pesca Artesanal.
Que, conforme a lo establecido en el artículo 4° del referido Manual, el Fondo de Administración Pesquero ha procedido a actualizar la información suministrada por Sernapesca, y al mismo tiempo ha procedido determinar la existencia de usuarios que serán favorecidos por el Programa Volvamos a la Mar, ejecutado por el Fondo de Fomento para la Pesca Artesanal, a fin de coordinar los instrumentos del Estado que atiendan a un mismo propósito, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 5° de la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado.
Que, una vez efectuados estos trámites, se ha determinado que 93 personas cumplen las condiciones señaladas en el precitado manual de procedimiento, razón por la cual, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 7° del precitado Manual, se requiere establecerlos mediante el correspondiente acto administrativo, debidamente tramitado, a efecto de proceder a la entrega de los beneficios contemplados en el Programa.
Las facultades que al suscrito le confieren el decreto supremo N° 119 de 2010, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y en especial, para ejecutar los Programas y Proyectos año 2010 que corresponda en el marco de lo dispuesto en el artículo 173 de la Ley N° 18.892 de Pesca y Acuicultura, en el Acuerdo N° 1 de la sesión N° 48 del Consejo de Administración Pesquero, de fecha 4 de enero de 2010, dicto la siguiente,
Resolución:
1. Fíjase la siguiente nómina de beneficiarios del Programa de Fomento Productivo para Pescadores Artesanales de la Región del Bío Bío Afectados por la Crisis del Recurso Merluza Común, año 2010:


2. Procédase a la realización de los siguientes talleres de capacitación destinados a los beneficiarios anteriormente indicados: 1) Plan de Inversión; y 2) Procedimientos de Rendición de cuentas; los que deberán ser impartidos por profesionales del Fondo de Administración Pesquero, de acuerdo a lo señalado en el artículo 6° del manual de procedimiento, relativo al Programa de Fomento Productivo para Pescadores Artesanales de la Región del Bío Bío Afectados por la Crisis del Recurso Merluza Común.
3. Remítase copia de la presente resolución al Fondo de Administración Pesquero.
Anótese, comuníquese, cúmplase, publíquese en el Diario Oficial por cuenta de esta Subsecretaría, y archívese.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.




VolverTamaño de Fuente