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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2010


SUBSECRETARÍA DE PESCA
(Extractos)
Por resolución exenta N° 3.669, de 7 de diciembre de 2010, de esta Subsecretaría, modifícase la resolución exenta N° 831 de 2010, de esta Subsecretaría, y sus modificaciones posteriores, que estableció la distribución de las fracciones artesanales de las pesquerías artesanales de Anchoveta y Sardina común en la VIII Región, sometidas al Régimen Artesanal de Extracción por organizaciones de pescadores artesanales, en el sentido de incorporar el siguiente numeral 8.-, nuevo:
8-. Fíjase el día 23 de diciembre de 2010, inclusive, como plazo fatal para que todas las organizaciones de pescadores artesanales sometidas al Régimen Artesanal de Extracción establecido mediante decreto exento N° 332 de 2009, modificado mediante decreto exento N° 452 de 2009, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, comuniquen por escrito a esta Subsecretaría las variaciones o modificaciones que en el número de pescadores o embarcaciones experimentarán para el año 2011.
Para tales efectos, las organizaciones de pescadores artesanales antes indicadas deberán remitir una carta firmada por la directiva respectiva, adjuntando el listado oficial de los afiliados inscritos y de sus embarcaciones, en caso de los armadores, que participarán por la respectiva organización en el Régimen para el año 2011.
Asimismo, y dentro del mismo plazo indicado en el inciso primero del presente numeral, las organizaciones de pescadores artesanales que no se encuentren sometidas al Régimen y que desearen incorporarse al mismo deberán comunicar por escrito a la Subsecretaría su intención en tal sentido, mediante carta firmada por la directiva respectiva y adjuntando al efecto todos los antecedentes a que se refieren los artículos 7 inciso 2° y 9 del D.S. N° 296 de 2004, modificado mediante D.S. N° 223 de 2010, antes individualizados..
Valparaíso, 7 de diciembre de 2010.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.




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