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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2011


Por resolución exenta N° 1.103, de 27 de abril de 2011, de esta Subsecretaría, modifícase el numeral 6.- de la resolución exenta N° 193, modificada por resolución exenta N° 263, ambas de 2011, de esta Subsecretaría, que extendió el área de operaciones de los pescadores artesanales de la X a la XI Región, en los siguientes términos:
c) En su literal e), en el sentido de suprimir la frase en cajas o bandejas para el recurso Erizo,, y
d) En su literal h), en el sentido de indicar que la obligación de disponer de un dispositivo o equipo de posicionamiento satelital georreferenciado, se hará exigible a contar del día 31 de mayo de 2011 para las embarcaciones de transporte y acarreadoras de más de 25 toneladas de registro grueso, y a contar del día 15 de agosto de 2011 para las embarcaciones artesanales (lanchas y botes) de hasta 25 toneladas de registro grueso, haciéndose extensiva dicha exigencia a todas las pescas de investigación que se autoricen en virtud de dicha resolución.
Valparaíso, 27 de abril de 2011.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.




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