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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA/ORG>


DO 2011 MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA/ORG>


Por resolución exenta N° 1.626, de 17 de junio de 2011, de esta Subsecretaría, otórgase a BRACPESCA S.A., un permiso extraordinario de pesca para la unidad de pesquería del recurso hidrobiológico Langostino amarillo, fijada en el artículo 1° del DS N° 787, de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Este permiso extraordinario tendrá vigencia para las temporadas de pesca de la especie Langostino amarillo que se fijen en los años 2011 a 2020, ambos inclusive, y faculta a su titular para pescar anualmente el 0,30% fijo de la cuota global anual de captura que se establezca.
El titular del presente permiso extraordinario deberá pagar, en las fechas que a continuación se indican, los montos en dinero expresados en UTM que se señalan:
Diciembre 201115,00 UTM
Diciembre 201215,00 UTM
Diciembre 201315,00 UTM
Diciembre 201415,00 UTM
Diciembre 201515,00 UTM
Diciembre 201615,00 UTM
Diciembre 201715,00 UTM
Diciembre 201815,00 UTM
Diciembre 201915,00 UTM.

Déjase sin efecto resolución exenta N° 119, de 2011, de esta Subsecretaría de Pesca.
Valparaíso, 17 de junio de 2011.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.




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