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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2012


Por resolución exenta N° 3.585, de 28 de diciembre de 2011, de esta Subsecretaría, otórgase a BRACPESCA S.A. un permiso extraordinario de pesca para la unidad de pesquería del recurso hidrobiológico Langostino amarillo, fijada en el artículo 1° del DS N° 787, de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Este permiso extraordinario tendrá vigencia para las temporadas de pesca que se fijen en los años 2012 a 2021, ambos inclusive, y faculta a su titular para pescar anualmente el 1% fijo de la cuota global anual de captura.
El titular deberá pagar en las fechas que a continuación se indican, los montos en dinero expresados en UTM que se señalan:
Diciembre 2012: 50 UTM
Diciembre 2013: 50 UTM
Diciembre 2014: 50 UTM
Diciembre 2015: 50 UTM
Diciembre 2016: 50 UTM
Diciembre 2017: 50 UTM
Diciembre 2018: 50 UTM
Diciembre 2019: 50 UTM
Diciembre 2020:50 UTM

Valparaíso, 28 de diciembre de 2011.- Felipe Palacio Rives, Subsecretario de Pesca (S).




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