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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2012


Por resolución exenta N° 79, de 12 de enero de 2012, de esta Subsecretaría, reconócese la participación conjunta de los armadores que a continuación se indica, en la unidad de pesquería Congrio dorado, en el área marítima comprendida entre los paralelos 47° L.S. y 57° L.S., individualizada en la letra k) del artículo 2° de la ley N° 19.713, para ejercer el límite máximo de captura por armador establecido en el decreto exento N° 1.252 de 2011, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, a partir de la fecha de la presente resolución y hasta el 31 de diciembre de 2012:
EMDEPES S.A., PESQUERA GRIMAR S.A., PESCA CHILE S.A., PESQUERA SUR AUSTRAL
S.A.
La opción ejercida por el grupo de armadores antes indicado es irrevocable durante el presente año calendario.
Valparaíso, 12 de enero de 2012.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.




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