Por resolución exenta N°387, de esta Subsecretaría, autorízase a SOCIEDAD PESQUERA LANDES S.A. para sustituir la nave Doña Estela por la nave Huachinango, cuyas características náuticas son las siguientes:
Matrícula | 2727 |
Eslora de arqueo | 41,01 m. |
TRG (Internacional) | 733,00 |
Capacidad de bodega | 620,00 |
Manga | 10,40 m. |
Potencia principal | 1876,00 Hp |
Potencia auxiliar | 257,00 Hp |
Arte de pesca | Cerco y Arrastre. |
Fíjanse como zona de operación de la nave reemplazante, individualizada precedentemente, las áreas marítimas que a continuación se indican, por fuera del área de reserva artesanal, donde podrá capturar los siguientes recursos hidrobiológicos: a) En el área marítima comprendida entre la III y IV Regiones, con cerco: Jurel; b) En el área marítima comprendida entre la V a IX Regiones, con cerco: Jurel; c) En el área marítima comprendida entre la XIV a X Regiones, con cerco: Jurel; d) En el área marítima comprendida entre la V a X Regiones, con cerco: Anchoveta, Sardina común, Merluza de cola; e) En el área marítima correspondiente a la III Región, con arrastre de media agua: Jurel; f) En el área marítima comprendida entre la IV a X Regiones, por fuera de la línea imaginaria trazada a una distancia de 60 millas marinas medidas desde las líneas de base normales o rectas, según corresponda, con arrastre de media agua: Jurel; g) En el área marítima comprendida entre la V a X Regiones, por fuera de la línea imaginaria trazada a una distancia de 60 millas marinas medidas desde las líneas de base normales o rectas, según corresponda, con arrastre de media agua: Anchoveta, Sardina común y Merluza de cola.
Déjanse sin efecto las resoluciones exentas N°1.436 y N° 1.534, ambas de 1996, N° 539 de 1997, N°893 de 2002, N° 1.509 de 2004 y N° 1.711 de 2008, todas de esta Subsecretaría.
Valparaíso, 13 de febrero de 2012.- Maximiliano Alarma Carrasco, Subsecretario de Pesca (S).