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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2012


Por resolución exenta N° 799, de 4 de abril de 2012, de esta Subsecretaría, modifícase el numeral 1° de la resolución exenta N° 431, de 2012, en el sentido de señalar que la distribución de la fracción artesanal de la pesquería artesanal de Merluza común, Áreas Centro de la V Región, Sur de la VII Región y Norte de la VIII Región, sometidas al Régimen Artesanal de Extracción por organizaciones de pescadores artesanales, desde el 16 de febrero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012, ambas fechas inclusive, expresada en toneladas, será la siguiente:


El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y del Servicio Nacional de Pesca.
Valparaíso, 4 de abril de 2012.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.




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