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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2012


Por resolución exenta N° 800, de 4 de abril de 2012, de esta Subsecretaría, modifícase el numeral 1.- de la resolución exenta N° 3.522, de 2011, modificada mediante resolución exenta N° 339, de 2012, ambas de esta Subsecretaría de Pesca, en el sentido de señalar que la distribución de la fracción artesanal de la pesquería artesanal de Merluza común, Área Norte 2 de la VII Región, sometida al Régimen Artesanal de Extracción por organizaciones de pescadores artesanales, remanente periodo enero-diciembre de 2012, expresada en toneladas, será la siguiente:

El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y del Servicio Nacional de Pesca.
Valparaíso, 4 de abril de 2012.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.




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