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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2012


Por resolución exenta N° 1.242, de 11 de mayo de 2012, de esta Subsecretaría, otórgase a BRACPESCA S.A. un permiso extraordinario de pesca para la unidad de pesquería del recurso hidrobiológico Langostino colorado fijada en el inciso 3° del artículo 4° transitorio del DS N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Este permiso extraordinario tendrá vigencia para las temporadas de pesca de la especie Langostino colorado que se fijen en los años 2012 a 2021, ambos inclusive, y faculta a su titular para pescar anualmente el 0,35% fijo de la cuota global anual de captura que se establezca.
El titular del presente permiso extraordinario deberá pagar en las fechas que a continuación se indican, los montos en dinero expresados en UTM que se señalan:
Diciembre 2012 28,00 UTM
Diciembre 2013 28,00 UTM
Diciembre 2014 28,00 UTM
Diciembre 2015 28,00 UTM
Diciembre 2016 28,00 UTM
Diciembre 2017 28,00 UTM
Diciembre 2018 28,00 UTM
Diciembre 2019 28,00 UTM
Diciembre 2020 28,00 UTM.
Déjase sin efecto resolución exenta N° 3.588, de 2011, de esta Subsecretaría de Pesca.
Valparaíso, 11 de mayo de 2012.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.




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