SUBSECRETARÍA DE PESCA
(Extracto)
Por resolución exenta N°1.466, de 30 de mayo de 2012, de esta Subsecretaría, otórgase a CAMANCHACA PESCA SUR S.A. un permiso extraordinario de pesca para la unidad de pesquería del recurso hidrobiológico Langostino amarillo, fijada en el artículo 1° del DS N° 787, de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Este permiso extraordinario tendrá vigencia para las temporadas de pesca de la especie Langostino amarillo que se fijen en los años 2012 a 2021, ambos inclusive, y faculta a su titular para pescar anualmente el 1% fijo de la cuota global anual de captura que se establezca.
El titular del presente permiso extraordinario deberá pagar, en las fechas que a continuación se indican, los montos en dinero expresados en UTM que se señalan:
Diciembre 2012 | 50,00 UTM |
Diciembre 2013 | 50,00 UTM |
Diciembre 2014 | 50,00 UTM |
Diciembre 2015 | 50,00 UTM |
Diciembre 2016 | 50,00 UTM |
Diciembre 2017 | 50,00 UTM |
Diciembre 2018 | 50,00 UTM |
Diciembre 2019 | 50,00 UTM |
Diciembre 2020 | 50,00 UTM |
Déjase sin efecto resolución exenta N° 3.584, de 2011, de esta Subsecretaría de Pesca.
Valparaíso, 30 de mayo de 2012.- Felipe Palacio Rives, Subsecretario de Pesca (S).