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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2012


Por resolución exenta N° 1.780, de 29 de junio de 2012, de esta Subsecretaría, déjanse sin efecto las resoluciones exentas N° 1.778 de 2005, N° 492 y N° 3.352, ambas de 2006, todas de esta Subsecretaría, correspondientes al área de manejo La Boca Sector A, V Región, del SINDICATO DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES MARISCADORES PUERTECITO DE SAN ANTONIO, en virtud del artículo 21 del DS N° 355, de 1995, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y lo dispuesto en la resolución extractada, cuyo texto íntegro se encuentra publicado en la página web www.subpesca.cl.
Valparaíso, 29 de junio de 2012.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.




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