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MINISTERIO DE AGRICULTURA SUBSECRETARIA DE PESCA Y AGRICULTURA


DO 2012


Por resolución exenta N° 2.249, de 14 de agosto de 2012, de esta Subsecretaría, aplícase al armador SOCIEDAD PESQUERA QUINTERO LIMITADA, la sanción establecida en el artículo 11 inciso 1° de la Ley N° 19.713, respecto de la unidad de pesquería de Camarón Nailon II-VIII Regiones individualizada en el artículo 2° letra n) de la ley N° 19.713.
Descuéntese al armador antes individualizado, el triple del exceso capturado durante el año 2011, en la unidad de pesquería Camarón Nailon II-VIII Regiones, individualizada en el artículo 2° letra n) de la Ley N° 19.713, lo que equivale a 24 toneladas del límite máximo de captura asignado para el año 2012.
Redúzcase el límite máximo de captura asignado para el año 2012, al armador individualizado, quedando para el año 2012 el límite de 81,612 toneladas.
El descuento se hará efectivo del límite máximo de captura autorizado para el año 2012, mediante decreto exento N° 1.252, de 2011, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
Valparaíso, 14 de agosto de 2012.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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