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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2012


SUBSECRETARÍA DE PESCA
Y ACUICULTURA
(Extracto)
Por resolución exenta N° 2.399, de 30 de agosto de 2012 de esta Subsecretaría, autorízase a SOCIEDAD PESQUERA LANDES S.A. para ampliar actividades pesqueras extractivas con la nave "Huachinango, en las áreas marítimas que a continuación se indican, donde podrá capturar los siguientes recursos hidrobiológicos: a) En el área marítima de la III y IV Regiones, por fuera del área de reserva artesanal, con cerco: Calamar, Bacaladillo o Mote, Cojinoba del norte, Cojinoba del sur, Cojinoba moteada, Dorado de altura, Machuelo o Tritre, Cachurreta, Jurel fino y Sardina redonda; b) En el área marítima de la V a X Regiones, por fuera del área de reserva artesanal, con cerco: Calamar, Bacaladillo o Mote, Cojinoba moteada y Cachurreta; c) En el el área marítima de Islas de Pascua, Sala y Gómez, Desventuradas, por fuera de área de reserva artesanal, con cerco: Jurel de Juan Fernández; d) En el área marítima de la III Región, por fuera del área de reserva artesanal, con arrastre de media agua: Calamar, Bacaladillo o Mote, Cojinoba del norte, Cojinoba del sur, Cojinoba moteada, Dorado de altura, Machuelo o Tritre, Cachurreta, Jurel fino y Sardina redonda; e) En el área marítima de la IV a X Regiones, por fuera de las 60 millas marinas, con arrastre de media agua: Calamar, Bacaladillo o Mote, Cojinoba moteada y Cachurreta; f) En el área marítima de la IV Región, por fuera de las 60 millas marinas, con arrastre de media agua: Jurel fino, Sardina redonda, Cojinoba del norte, Cojinoba del sur, Dorado de altura, Machuelo o Tritre; g) En el área marítima de Islas de Pascua, Sala y Gómez, Desventuradas y Archipiélago de Juan Fernández, por fuera del área de reserva artesanal, con arrastre de media agua: Jurel de Juan Fernández; h) En el área marítima de la V a X Regiones, por fuera de las 60 millas marinas, con arrastre de media agua: Jibia o Calamar rojo; i) En el área marítima de la III a la X Regiones, por fuera del área de reserva artesanal, con cerco: Raya espinosa, Raya lima; j) En el área marítima de la III Región, por fuera del área de reserva artesanal, con arrastre de media agua: Raya espinosa, Raya lima; k) En el área marítima de la IV a la X Regiones, por fuera de las 60 millas marinas, con arrastre de media agua: Raya espinosa, Raya lima.
Valparaíso, 30 de agosto de 2012.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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