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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2013


Por resolución exenta N° 93, de 14 de enero de 2013, de esta Subsecretaría, otórgase a PESQUERA BRACPESCA S.A. un permiso extraordinario de pesca para la unidad de pesquería del recurso hidrobiológico Langostino colorado, fijada en el inciso 3° del artículo 4° transitorio del DS N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Este permiso extraordinario tendrá vigencia para las temporadas de pesca que se fijen en los años 2013 a 2022, ambos inclusive, y faculta a su titular para pescar anualmente el 1% fijo de la cuota global anual de captura.
El titular deberá pagar en las fechas que a continuación se indican, los montos en dinero expresados en UTM que se señalan:
Diciembre 2013: 90 UTMDiciembre 2018: 90 UTM
Diciembre 2014: 90 UTMDiciembre 2019: 90 UTM
Diciembre 2015: 90 UTMDiciembre 2020: 90 UTM
Diciembre 2016: 90 UTMDiciembre 2021: 90 UTM.
Diciembre 2017: 90 UTM

Valparaíso, 14 de enero de 2013.- Felipe Palacio Rives, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).




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