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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2013


Por resolución exenta N° 87, de 14 de enero de 2013, de esta Subsecretaría, otórgase a BLUMAR S.A. un permiso extraordinario de pesca para la unidad de pesquería del recurso hidrobiológico Langostino amarillo, fijada en el artículo 1° del DS N° 787, de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Este permiso extraordinario tendrá vigencia para las temporadas de pesca que se fijen en los años 2013 a 2022, ambos inclusive, y faculta a su titular para pescar anualmente el 1% fijo de la cuota global anual de captura.
El titular deberá pagar, en las fechas que a continuación se indican, los montos en dinero expresados en UTM que se señalan:
Diciembre 2013: 40 UTM Diciembre 2018: 40 UTM
Diciembre 2014: 40 UTM Diciembre 2019: 40 UTM
Diciembre 2015: 40 UTM Diciembre 2020: 40 UTM
Diciembre 2016: 40 UTM Diciembre 2021: 40 UTM.
Diciembre 2017: 40 UTM
Valparaíso, 14 de enero de 2013.- Felipe Palacio Rives, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).




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