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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2013


SUBSECRETARÍA DE PESCA Y
ACUICULTURA
(Extractos)
Por resolución N° 594, de 26 de febrero de 2013, de esta Subsecretaría, reconócese la participación conjunta de los armadores que a continuación se indican, en la unidad de pesquería Langostino amarillo, en el área marítima correspondiente a la III y IV Regiones, individualizada en la letra o) del artículo 2° de la ley 19.713, para ejercer el límite máximo de captura establecido por decreto exento N° 198, de 2013, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, a partir de la fecha de la presente resolución y hasta el 9 de agosto de 2013:
PESQUERA GRIMAR S.A., PESQUERA ISLADAMAS S.A. y PESQUERA SUNRISE S.A.
La opción ejercida por el grupo de armadores antes indicados es irrevocable durante el período de vigencia de los límites máximos de captura.
Valparaíso, 26 de febrero de 2013.- Felipe Palacio Rives, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).




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