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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2013


Por resolución exenta N° 612, de 28 de febrero de 2013, de esta Subsecretaría, reconócese la participación conjunta de los armadores que a continuación se indican, en las unidades de pesquerías Sardina y Anchoveta, en el área marítima correspondiente a la III y IV Regiones, individualizadas en la letra b) del artículo 2° de la ley 19.713, para ejercer el límite máximo de captura establecido por decreto exento N° 198, de 2013, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, a partir de la fecha de la presente resolución y hasta el 9 de agosto de 2013:
ALIMENTOS MARINOS S.A., SOCIEDAD PESQUERA CAMANCHACA S.A.
La opción ejercida por el grupo de armadores antes indicados es irrevocable durante el período de vigencia de los límites máximos de captura.
Valparaíso, 28 de febrero de 2013.- Felipe Palacio Rives, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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