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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2013


Por resolución exenta N° 1.122, de 2 de mayo de 2013, de esta Subsecretaría, otórgase a BLUMAR S.A. un permiso extraordinario de pesca para la unidad de pesquería del recurso hidrobiológico Langostino colorado, fijada en el inciso 3° del artículo 4° transitorio del DS N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Este permiso extraordinario tendrá vigencia para las temporadas de pesca de la especie Langostino colorado, que se fijen en los años 2013 a 2022, ambos inclusive, y faculta a su titular para pescar anualmente el 0,25% fijo de la cuota global anual de captura que se establezca.
El titular del presente permiso extraordinario, deberá pagar en las fechas que a continuación se indican, los montos en dinero expresados en UTM que se señalan:
Diciembre 2013 22.50 UTM
Diciembre 2014 22.50 UTM
Diciembre 2015 22.50 UTM
Diciembre 2016 22.50 UTM
Diciembre 2017 22.50 UTM
Diciembre 2018 22.50 UTM
Diciembre 2019 22.50 UTM
Diciembre 2020 22.50 UTM
Diciembre 2021 22.50 UTM.
Déjase sin efecto la resolución N° 99, de 2013, de esta Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 2 de mayo de 2013.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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